Resolución N° 6/025 Levanta veda en Maldonado y Rocha

En vista de los últimos análisis efectuados en moluscos bivalvos extraídos de las aguas fluviales y oceánicas de los Departamentos de Maldonado y Rocha, el resultado de los mismo dieron que no se han detectado toxinas, y por lo tanto, desde el punto de vista técnico se sugiere levantar la veda para la extracción, comercialización y transporte de molusco bivalvos procedentes de dichos departamentos.

RESOLUCION Nº006/2025

DIRECCION NACIONAL DE RECURSOS ACUÁTICOS 

Montevideo, 10 de enero de 2025

 

VISTO: los análisis efectuados en moluscos bivalvos extraídos en los Departamentos de Maldonado y Rocha;

RESULTANDO: que por Resoluciones de DINARA Nº 366/024 de fecha 22 de noviembre 2024 y Nº 001/025 de 1º de enero de 2025, se dispuso la prohibición para la extracción, comercialización y transporte de moluscos bivalvos (mejillones, almejas y berberechos) procedentes de los Departamentos de Maldonado (exceptuando los mejillones provenientes de la Isla Gorriti de dicho Departamento) y Rocha (exceptuando a la almeja amarilla (Mesodesma mactroides) proveniente de la zona comprendida entre la desembocadura del Canal Andreoni y el Arroyo Chuy de dicho Departamento); 

CONSIDERANDO: I) que en los últimos análisis efectuados en moluscos bivalvos extraídos de las aguas fluviales y oceánicas de los Departamentos de Maldonado y Rocha, no se han detectado toxinas;

II) que por tanto, desde el punto de vista técnico se sugiere levantar la veda para la extracción, comercialización y transporte de moluscos bivalvos (mejillones, almejas y berberechos) procedentes de los Departamentos de Maldonado y Rocha; 

ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto en el numeral 6) literal B) del artículo 12 de la Ley Nº 19.175, de 20 de diciembre de 2013 y al artículo 121 del Decreto Nº 115/018, de 24 de abril de 2018;

LA DIRECCIÓN NACIONAL DE RECURSOS ACUÁTICOS 
RESUELVE:

1º)       A partir de la fecha, déjase sin efecto, las prohibiciones oportunamente establecidas por las Resoluciones de la DINARA Nº 366/024 de fecha 22 de noviembre 2024 y Nº 001/025 de 1º de enero de 2025, que dispusieron la prohibición para la extracción, comercialización y transporte de moluscos bivalvos (mejillones, almejas y berberechos) procedentes de los Departamentos de Maldonado y Rocha.

2º) Comuníquese, publíquese.  

 

Firma: Alvaro Irazoqui

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