Resolución N° 612/022 DGSA Requisitos fitosanitarios de importación de Naranja de la variedad Valencia

Se mantiene la obligatoriedad de las pruebas de latencia (cámaras de forzamiento) para Phyllosticta citricarpa en naranjas de la variedad “Valencia” con destino a la UE.

VISTO: el cambio operado en la Unión Europea sobre requisitos fitosanitarios de importación de Naranjas de la variedad “Valencia”;

RESULTANDO: I) que en el Reglamento de Ejecución (UE) 2022/632 de la Comisión, en el numeral 12,  se establece que para Uruguay ya no es obligatorio el requisito fitosanitario de efectuar pruebas de latencia en Naranjas de la variedad “Valencia” para Phyllosticta citricarpa;

                          II) que a pesar de esa decisión de la Comisión de la Unión Europea, la Dirección General de Servicios Agrícolas considera necesario mantener la medida de efectuar pruebas de latencia, a los efectos de evitar intercepciones con el objetivo de preservar el mercado de frutas cítricas en la UE;

CONSIDERANDO: que es responsabilidad de la Dirección General de Servicios Agrícolas (DGSA) en su rol de Organización Nacional de Protección Fitosanitaria (ONPF) la certificación productos vegetales para exportación;

ATENTO: artículos 173 y 176 numeral 2 de la Ley 19.149 de 24 de octubre de 2013 y Decreto 319/978 de 7 de junio de 1978;

EL DIRECTOR DE LA DIRECCION GENERAL DE SERVICIOS AGRICOLAS

RESUELVE

1°) Mantener la obligatoriedad de las pruebas de latencia (cámaras de forzamiento) para Phyllosticta citricarpa en naranjas de la variedad “Valencia” con destino a la UE.

2°) Publíquese en el Diario Oficial y divúlguese a través de la página web institucional.

3º) Por el Departamento de Administración, extiéndase copia a la Dirección General de Secretaria.

4º) Por medio de la División Protección Agrícola notifíquese a cada empresa exportadora la presente resolución.

5°) Cometer a la División Protección Agrícola (DPA) el contralor de lo dispuesto previo a la certificación de exportación.

6°) Cumplido y con las constancias del caso archívese en el Departamento de Administración.

Ing. Agr. Leonardo Olivera Uriarte
Director General
Programa 4
M.G.A.P.-Servicios Agrícolas

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