Resolución N° 90/023 DIGEGRA - Norma de Producción Integrada Frutícola UVA DE VINO

Aprueban Norma para la Producción Integrada Frutícola. ANEXO I - Directivas Generales para la Producción Integrada Frutícola. ANEXO II - Normas para la Producción Integrada de Uva de Vino.

RESOLUCION N°90

As. 06/186/2023

Montevideo, 16 de noviembre de 2023.-

VISTO: estos antecedentes relacionados con el informe de la Comisión Asesora de la Producción Integrada, en el marco de lo dispuesto por el artículo 7 del Decreto N° 175/2022, de 31 de mayo de 2022;

RESULTANDO: I) que de acuerdo al nuevo marco normativo se conformó una Comisión Asesora a efectos de proponer los requerimientos técnicos a cumplir para cada cultivo;

                          II) que en sesión de fecha 16 de agosto de 2023 la citada Comisión, sugiere la aprobación de Directivas Generales de Producción Integrada para  Fruticultura;

                          III) que en sesión de fecha 4 de setiembre de 2023, sugiere la aprobación de las normas para la Producción Integrada de Uva de Vino, planteando observaciones la representante de la Dirección General de Servicios Agrícolas, relacionadas con principios activos y la no validación de la norma para la Producción Integrada de Uva de Vino;

                          IV) que con fecha 10 de octubre de 2023, se indican los principios activos no conformes en la Norma de Uva de Vino y se detallan los principios activos para los cuales sería pertinente solicitar ampliación de uso;

                          V) que la Unidad de Inocuidad con fecha 11 de octubre de 2023 informa que existen observaciones  que no se consideran de recibo;

                          VI) que Asesoría Letrada con fecha 15 de noviembre de 2023 aconseja por las razones que expone, proceder a la aprobación de la Norma de Producción Integrada para Uva de Vino y las Directivas Generales de Producción Integrada para Fruticultura;

CONSIDERANDO

I) conveniente apoyar el desarrollo de  producciones sostenibles con un uso racional de agroquímicos;

II) necesario, regular los procesos productivos de acuerdo a normas definidas para cada rubro en particular, garantizando su cumplimiento mediante un adecuado sistema de certificación y diferenciar las producciones obtenidas por estas técnicas, avalando las características de los procesos de producción;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo dispuesto por el artículo 215 de la Ley N° 17.296, de 21 de febrero de 2001, en la redacción dada por el artículo 156 de la Ley N° 19.996, de 3 de noviembre de 2021 y el Decreto 175/022, de 31 de mayo de 2022;

EL DIRECTOR GENERAL DE LA GRANJA RESUELVE:

1) Apruébense las Directivas Generales de Producción Integrada para Fruticultura que figuran en el Anexo I y forman parte integrante de la presente Resolución.

2) Apruébense las Normas para la Producción Integrada de Uva de Vino que figuran en el Anexo II y forman parte integrante de la presente Resolución.

3) Las unidades de producción y quienes comercialicen productos frutícolas deberán cumplir con las Directivas Generales de Producción Integrada para Fruticultura y los estándares técnicos aprobados y definidos para el cultivo de la uva de vino.

4) Dese cuenta al Instituto Nacional de Vitivinicultura.

5) Publíquese en el Diario Oficial y divúlguese a través del sitio web del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca.

6) Cumplido, archívese.

 

Ing. Agr. MBA Nicolás Chiesa

Director General de la Granja

Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca

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