Ajuste noviembre 2009

 

ACTA. En Montevideo el día 10 de noviembre de 2009 se reúne la mesa de negociación salarial del Grupo 9 INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCIÓN Y ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS; Sub- Grupos 01 Industria de la Construcción y Actividades Complementarias - Vidrio, integrada por la Dras. Flavia Romano y Raquel Cruz y Cra. Laura Mata por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, los Sres. los Sres. Ignacio Otegui por la Cámara de Construcción del Uruguay, Hugo Méndez por la Asociación de Promotores Privados de la Construcción del Uruguay, Ubaldo Camejo por la Liga de la Construcción, Pedro Espinosa por Coordinadora de la Construcción del Este y los Sres Pedro Porley y Oscar Andrade por el Sindicato Único de la Construcción y Anexos (SUNCA) y hacen constar que:

Se procede a fijar el incremento salarial correspondiente al período 1º de noviembre de 2009 a 30 de abril de 2010, en aplicación de lo dispuesto en el artículo cuarto, del acuerdo suscrito el 3 de octubre de 2008 homologado por Decreto 534/008 del 3 de noviembre de 2008.

  1. En virtud de lo establecido en las citadas actas de acuerdo los porcentajes de ajuste salarial sobre salarios mínimos vigentes al 31 de octubre de 2009 seran las que surgen de la nomina adjunta que se considera parte integrante de esta acta.

  2. El incremento salarial establecido, entrará a regir una vez publicado en el Diario Oficial.

  3. La retroactividad generada con motivo del aumento a partir del 1º de noviembre de 2009, será exigible y pagada conjuntamente con la primer liquidación posterior a la publicación en el Diario Oficial, siempre que la referida publicación se efectúe antes de las 72 horas anteriores al pago referido. En caso de que se publique dentro de las referidas 72 horas, el pago de la retroactividad será exigible y pagada con la siguiente liquidación quincenal o mensual según corresponda.

Leída que es fue los comparecientes ratifican y firman.  

[Ver planilla de laudos]

 

 

 

   

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