Ajustes enero 2007
ACTA: En la ciudad de Montevideo, el día doce de enero de dos mil siete, reunido el Consejo de Salarios del Grupo Nº 8, Subgrupo 07 "Industria del Plástico y juguetes", integrado por: Delegados del Poder Ejecutivo: Dra. Laura Bajac, y la Soc. Maite Ciarniello; Delegados Empresariales: Sr. Héctor de los Santos y Dr. Igor Ducrocq, en representación de la Asociación Uruguaya de Industrias del Plásticos (AUIP); y la Delegación de los Trabajadores: los Sres. Walter Santos, Pablo Gómez, Lililán Olivera, Lourdes Leivas, Daniela Durán, Fernando Pereira, Raúl López y Alba Colombo en representación de la UNTMRA, quienes convienen dejar constancia de lo siguiente:
PRIMERO: Se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al segundo ajuste salarial, en aplicación de lo dispuesto en el Convenio Colectivo suscrito el día 5 de octubre de 2006, homologado por Decreto del Poder Ejecutivo número 178/2006 de fecha 4 de diciembre de 2006.
SEGUNDO: En virtud de lo establecido en el artículo cuarto del referido Convenio Colectivo, el porcentaje de aumento salarial que regirá a partir del 1º de enero de 2007, es del 5,14 %, resultante de la acumulación de los siguientes conceptos:
- -0,83 % por concepto de correctivo.
- 2,93 % por concepto de inflación esperada.
- 3 % por concepto de crecimiento.
Procedimiento: 0,9917 x 1,0293 x 1,03 = 1,0514
TERCERO: Por consiguiente los salarios mínimos por categoría para el Grupo Nº 8, Subgrupo 07 con vigencia desde el 1º de enero de 2007, serán los que surgen del anexo que se adjunta y que forma parte integrante de la presente acta.-
Leída que les fue la presente, se ratifica la misma y se firman cinco ejemplares de un mismo tenor en el lugar y fecha arriba indicados.
ANEXO Salarios mínimos por categorías del Grupo8ç 8, subgrupo 07 "Industria del Plástico y Jugetes", a partir del 1º de enero de 2007.
TALLER MECANICO | |
Categoría | Jornal $ |
Oficial grabador | 503,62 |
Medio oficial grabador | 402,69 |
Grabador diseñador | 561,45 |
Oficial matricero | 431,07 |
Medio oficial matricero | 334,35 |
Matricero diseñador | 509,93 |
Oficial fresador | 398,48 |
Medio oficial fresador | 314,37 |
Oficial tornero mecánco | 398,48 |
Medio oficial tornero mecánico | 314,37 |
Oficial ajustador | 398,48 |
Medio oficial ajustador | 314,37 |
Oficial electricista | 398,48 |
Medio oficial electricista | 314,37 |
Oficial cepillador mecánico | 398,48 |
Medio Oficial cepillador mecánico | 314,37 |
Oficial cañista | 398,48 |
Medio Oficial cañista | 314,37 |
Aprendices para todos los oficios | |
Grupo A | |
Categoría I | Jornal |
Salario inicial | 115,65 |
Salario al cumplir los 6 meses | 230,26 |
Salario al cumplir los 18 meses | 314,37 |