Ajustes enero 2010
ACTA: En la ciudad de Montevideo, el 21 de enero de 2010, reunido el Consejo de Salarios del Grupo Nº 18 "SERVICIOS CULTURALES, DE ESPARCIMIENTO Y COMUNICACIONES", Subgrupo N° 06 "Salas de juego; Sociedades Hípicas; Studs y Caballerizas" capítulo "Sociedades Hípicas, Casinos Electrónicos y Agencias Hípicas", integrado por: los delegados del Poder Ejecutivo: Dra. Marianela Boliolo, y Tec. RR. LL. Elizabeth González; el delegado empresarial: Daniel Paredes, Leandro Vanoli y asistidos por el Dr. Fernando Pérez Tabo y los delegados de los trabajadores: Sres. Carlos Marrero, Miguel Garin, Cynthia Placeres y Placeres y Patricia Brussain, asistidos por Raúl Ferrando por FUECI y asistidos por la Dra. María Elida Bueno.
HACEN CONSTAR QUE:
PRIMERO: Que se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al cuarto ajuste salarial, en aplicación de lo dispuesto en el Convenio Colectivo suscrito el día 7 de noviembre de 2008, homologado por decreto del Poder Ejecutivo Nº 744/08, de fecha 22 de diciembre de 2008.
SEGUNDO: Que en virtud de lo establecido en la cláusula NOVENA, del referido convenio colectivo, el porcentaje de aumento salarial que regirá a partir del 1º de enero de 2010, es del 5,9%, resultante de la acumulación de los siguientes conceptos:
A.- 5% por concepto de inflación esperada considerando el promedio entre la meta mínima y máxima de inflación que fijó el BCU (centro de banda) para el periodo enero – diciembre de 2010.
B.- 0,86% por concepto de correctivo.
Fórmula de ajuste de salarios (1.05*1.0086)=5,9%
TERCERO: En definitiva, el porcentaje de ajuste a ser aplicado sobre los salarios de los trabajadores comprendidos en el convenio referido, vigentes al 31 de diciembre de 2009, será del 5,9 %.
CUARTO: Por consiguiente, los salarios mínimos nominales y mensuales por categoría, con vigencia desde el 1º de enero de 2010, para los trabajadores del sector, serán los siguientes:
Categoría | Salarios |
Seguridad Sala |
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Inspector de Sala | 11.704 |
Fisonomista | 9.691 |
Control de Accesos | 9.691 |
Operador de CTV | 9.691 |
Servicios grales. Salas |
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Coordinador Técnico | 11.704 |
Técnico de Servicios Generales | 11.704 |
Sastre Principal | 11.704 |
Sastre | 9.691 |
Aseadora | 7.968 |
Administración |
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Telefonista Recepcionista | 9.691 |
Auxiliar de inventarios | 11.704 |
Servicios Técnico Salas |
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Cordinador de Servic. Técnico | 21.046 |
Técnico de Sala | 21.046 |
Asistente Técnico | 11.704 |
Gastronomía Salas |
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Control de Inventarios y Proveedores de Gastron. | 11.704 |
Asistente de Alimentos & Bebidas | 21.046 |
Cocinero | 12.035 |
Ayudante de Cocina | 9.691 |
Cafetero | 9.691 |
Moza | 7.968 |
Operaciones Salas |
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Jefe de Sala | 30.096 |
Auxiliar de Eventos | 9.691 |
Promotor | 9.691 |
Auxiliar de Guardarropas | 7.968 |
Agencias Hípicas |
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Encargado Simulcasting | 21.046 |
Supervisor Simulcasting | 11.704 |
Operador Call Center Agencia | 9.691 |
Cajero Vendedor | 9.691 |
Cajero Ticket Runner | 9.691 |
Seguridad de Hipódromo |
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Encargado de Oficina de Seguridad | 12.823 |
Control de Acceso Hipódromo | 9.691 |
Apuestas Hipodrómo |
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Supervisor de Cajero | 11.704 |
Operador Call Center Hipódromo | 9.691 |
Cajero vendedor | 9.691 |
Vendedor de boletos | 9.691 |
Mantenimiento Hipodrómo |
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Asistente de Mantenimiento | 9.691 |
Oficial Especializado de Mantenimiento | 21.046 |
Oficial Mantenimiento | 11.704 |
Medio Oficial de Mantenimiento | 9.691 |
Peón | 7.968 |
Asistente de Flota | 11.704 |
Chofer | 9.691 |
Carreras Hipodrómo |
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Starter | 21.046 |
Palafrenero | 9.691 |
Operador de Gateras | 9.691 |
Auxiliar veterinario | 9.691 |
Auxiliar de Hipódromo | 7.968 |
Cabellerizo | 9.691 |
Leída, se ratifican y firman de conformidad.