Ajustes enero 2011

ACTA: En la ciudad de Montevideo, el día 21 de enero de 2011, reunido el Consejo de Salarios del Grupo Nº 8, Subgrupo 04 "Fábrica de carrocería, tapicería, ensamblado de vehículos automotores, remolques, semiremolques, bicicletas, otros equipos de transporte", del Consejo de Salarios del Grupo Nº 8 "Industria de Productos metálicos, maquinaria y equipos", comparecen: Por la Delegación del Poder Ejecutivo: la Dra. Andrea Custodio y la Soc. Maite Ciarniello, Por la Delegación Empresarial: los Dres. Daniel Turcatti, Gonzalo Irrazábal y Mónica González, Por la Delegación de los Trabajadores: la Sra. Alba Colombo y los Sres. Marcelo Abdala, Carlos Martinez, César Acosta, Liber Carlini, Mariano Herrera, Alvaro Gugliotta y Dario Juarez en representación de la UNTMRA, quienes convienen dejar constancia de lo siguiente:

PRIMERO: Se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al ajuste salarial del mes de enero de 2011, en aplicación de lo dispuesto en el artículo séptimo del acta de Consejo de Salarios suscrita el día 21 de diciembre de 2010, que prorroga el convenio suscrito el día 11 de noviembre de 2008 y que fuera homologado por el Decreto 608/08.

SEGUNDO: En virtud de lo establecido en el artículo séptimo de la referida acta, el porcentaje de aumento salarial para los salarios mínimos nominales por categoría que regirá a partir del 1º de enero de 2011, es del 6,34%, resultante de la acumulación de los siguientes conceptos:

a) 0,41% por concepto de correctivo (resultante de la diferencia entre la inflación proyectada para el período 1/7/2010-31/12/2010, de 3,3% y la variación real del IPC en el mismo período, de 3,72%),

b) 3,83% por concepto de inflación esperada (mediana de las expectativa de inflación de los analistas privados para el período enero 2011 – junio 2011, que surge de la encuesta de expectativas de inflación realizada por el Banco Central;

c) 2% por concepto de crecimiento.

Procedimiento: 1,0041 x 1,0383 x 1,02 = 1,0634

TERCERO: Salarios mínimos: Los salarios mínimos nominales por categoría vigentes a partir del 1º de enero de 2011 son los que se detallan a continuación:

Categorías P/HORA

Operario al inicio $u 48,20

Operario Práctico $u 58,83

Medio Oficial Automotriz $u 64,61

Medio Oficial Calificado $u 71,68

Oficial de Segunda $u 82,34

Oficial de Primera $u 91,59

Oficial de Primera Calificado $u 100,80

Leída que les fue la presente, se ratifica la misma y se firman seis ejemplares de un mismo tenor en el lugar y fecha arriba indicados.

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