Ajustes Julio 2011

ACTA: En la ciudad de Montevideo, el 1 de agosto de 2011, reunido el Consejo de Salarios del Grupo Nº 18 "SERVICIOS CULTURALES, DE ESPARCIMIENTO Y COMUNICACIONES", Subgrupo N° 08 "Alquiler y distribución de películas, videos y similares" capítulo "Alquiler y distribución de películas cinematográficas", integrado por: la delegada del Poder Ejecutivo: Dra Beatriz Cozzano; el delegado empresarial: Sr. Julio Guevara, en representación de la Cámara de Comercio y Servicios del Uruguay y del Centro Cinematográfico del Uruguay, y la delegada de los trabajadores: Sra Estela Bermúdez, en representación de la Unión de Trabajadores Cinematográficos del Uruguay.

HACEN CONSTAR QUE:

PRIMERO: Se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al segundo ajuste salarial, en aplicación de lo dispuesto en el Convenio Colectivo suscrito el día 16 de febrero de 2011 publicado y registrado de conformidad a la normativa vigente.

SEGUNDO: En virtud de lo establecido en la cláusula QUINTA del referido convenio colectivo, el porcentaje de aumento salarial que regirá a partir del 1º de julio de 2011, para todos los trabajadores del sector, será del: 6,29% producto de la acumulación de: 4% por crecimiento sectorial de acuerdo a los datos brindados por la IMM y 2,20% 50% del crecimiento esperado de la producción por ocupado de la economía calculado con los datos disponibles como el promedio de los años 2011 y 2012 (año 2011 1.0670/1,0170=1,492 año 2012 1,0490/1,01=1,0386 4,92+3,86=8,78 8,78/2=4,39 4,39/2=2,20. 1,04*1,0220=1,0629=6,29%.

TERCERO: Por consiguiente, los salarios mínimos por categoría, con vigencia desde el 1º de julio de 2011, para los trabajadores del sector, serán los siguientes:

PERSONAL DE DIRECCIÓN Y ADMINISTRACIÓN

 

 

Gerente Adm. Con participación

Mensual

33.675

Gerente Adm. Sin participación

Mensual

70.447

Gerente Comercial

Mensual

36.429

Secretario de Gerencia

Mensual

17.830

Contador titulado

Mensual

30.298

Contador idóneo

Mensual

27.070

Auxiliar 1º de Contaduría

Mensual

21.031

Auxiliar 2º de Contaduría

Mensual

15.411

Auxiliar 3º de Contaduría

Mensual

12.769

Programista

Mensual

21.633

Auxiliar programista

Mensual

16.525

Dibujante

Mensual

19.144

Jefe de Taller

Mensual

17.504

Encargado de Exp. Taller

Encargado de Propag. Taller

Mensual

Mensual

15.078

15.755

Jefe de Controles

Mensual

16.915

Control noche

Jornal

321

Control Tarde y Noche

Jornal

518

Control cont 2 turnos

Jornal

234

Control cont 3 turnos

Jornal

160

Cadete hasta 18 años (6 hs. Diarias)

Mensual

7.309

Cadete

Mensual

9.745

Limpiadora 8 horas

Mensual

7.023

Limpiadora 5 ½ horas

Mensual

5.280

 

 

 

Locutor 12 hs semanales

Mensual

4.523

PERSONAL DE TALLER

Revisor

Mensual

12.502

Peón de taller

Mensual

10.189

PERSONAL DE SERVICIO

 

 

Sereno

Mensual

13.693

Peón de Limpieza

Mensual

10.444

Leída firman de conformidad.

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