Ajustes Julio 2011
ACTA: En la ciudad de Montevideo, el 1 de agosto de 2011, reunido el Consejo de Salarios del Grupo Nº 18 "SERVICIOS CULTURALES, DE ESPARCIMIENTO Y COMUNICACIONES", Subgrupo N° 08 "Alquiler y distribución de películas, videos y similares" capítulo "Alquiler y distribución de películas cinematográficas", integrado por: la delegada del Poder Ejecutivo: Dra Beatriz Cozzano; el delegado empresarial: Sr. Julio Guevara, en representación de la Cámara de Comercio y Servicios del Uruguay y del Centro Cinematográfico del Uruguay, y la delegada de los trabajadores: Sra Estela Bermúdez, en representación de la Unión de Trabajadores Cinematográficos del Uruguay.
HACEN CONSTAR QUE:
PRIMERO: Se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al segundo ajuste salarial, en aplicación de lo dispuesto en el Convenio Colectivo suscrito el día 16 de febrero de 2011 publicado y registrado de conformidad a la normativa vigente.
SEGUNDO: En virtud de lo establecido en la cláusula QUINTA del referido convenio colectivo, el porcentaje de aumento salarial que regirá a partir del 1º de julio de 2011, para todos los trabajadores del sector, será del: 6,29% producto de la acumulación de: 4% por crecimiento sectorial de acuerdo a los datos brindados por la IMM y 2,20% 50% del crecimiento esperado de la producción por ocupado de la economía calculado con los datos disponibles como el promedio de los años 2011 y 2012 (año 2011 1.0670/1,0170=1,492 año 2012 1,0490/1,01=1,0386 4,92+3,86=8,78 8,78/2=4,39 4,39/2=2,20. 1,04*1,0220=1,0629=6,29%.
TERCERO: Por consiguiente, los salarios mínimos por categoría, con vigencia desde el 1º de julio de 2011, para los trabajadores del sector, serán los siguientes:
PERSONAL DE DIRECCIÓN Y ADMINISTRACIÓN |
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Gerente Adm. Con participación | Mensual | 33.675 |
Gerente Adm. Sin participación | Mensual | 70.447 |
Gerente Comercial | Mensual | 36.429 |
Secretario de Gerencia | Mensual | 17.830 |
Contador titulado | Mensual | 30.298 |
Contador idóneo | Mensual | 27.070 |
Auxiliar 1º de Contaduría | Mensual | 21.031 |
Auxiliar 2º de Contaduría | Mensual | 15.411 |
Auxiliar 3º de Contaduría | Mensual | 12.769 |
Programista | Mensual | 21.633 |
Auxiliar programista | Mensual | 16.525 |
Dibujante | Mensual | 19.144 |
Jefe de Taller | Mensual | 17.504 |
Encargado de Exp. Taller Encargado de Propag. Taller | Mensual Mensual | 15.078 15.755 |
Jefe de Controles | Mensual | 16.915 |
Control noche | Jornal | 321 |
Control Tarde y Noche | Jornal | 518 |
Control cont 2 turnos | Jornal | 234 |
Control cont 3 turnos | Jornal | 160 |
Cadete hasta 18 años (6 hs. Diarias) | Mensual | 7.309 |
Cadete | Mensual | 9.745 |
Limpiadora 8 horas | Mensual | 7.023 |
Limpiadora 5 ½ horas | Mensual | 5.280 |
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Locutor 12 hs semanales | Mensual | 4.523 |
PERSONAL DE TALLERRevisor | Mensual | 12.502 |
Peón de taller | Mensual | 10.189 |
PERSONAL DE SERVICIO |
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Sereno | Mensual | 13.693 |
Peón de Limpieza | Mensual | 10.444 |
Leída firman de conformidad.