Informe

Informe sobre Adscriptos a los Ministros 2023

Informes

El artículo 58 de la Ley N° 18.719 de 27 de diciembre de 2010 faculta a los Ministros de Estado a contratar personas en calidad de adscripto para colaborar directamente con quien los designe.

Quienes resulten contratados no adquieren calidad de funcionarios públicos y si ya lo fueren, mantendrán en reserva el cargo de su oficina de origen.

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