Junta Médica con dictamen de aptitud y no comparecencia al trabajo

Informes Jurídicos

Informe N° 1026/2023 del 26 de setiembre del 2023.

Antecedentes

 

Vienen las presentes actuaciones en consulta del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS (MEF) – Auditoría Interna de la Nación, en relación con la situación de una funcionaria que cuenta con dos dictámenes médicos de la Junta Médica de ASSE con aptitud para el trabajo y presenta certificación médica de su mutualista. 

Según resulta del último dictamen médico de la Junta de ASSE de fecha 26 de junio de 2023, con firma conjunta de Médico del Departamento de Salud Ocupacional de la UDELAR, se indica que la funcionaria se encuentra apta para desempeñar sus tareas laborales habituales una vez finalizada su certificación actual, siempre que estén dadas ciertas condiciones de trabajo, las que se detallan en tres puntos. 

Según surge de la consulta: “…El día que debió reintegrarse, el 12 de julio de 2023, volvió a certificarse en su mutualista por el mismo problema que aqueja hace tiempo”. 

 

Análisis

 

El inciso 5 del artículo 12 de la Ley N° 16.104, de fecha 23 de enero de 1990, en la redacción dada por el artículo 17 de la Ley N° 19.996, de fecha 3 de noviembre de 2021, establece: “Si la junta médica de ASSE dictaminara que el funcionario está apto para la función, éste deberá reintegrarse al servicio en un plazo máximo de setenta y dos horas a contar desde la notificación del dictamen. La junta médica deberá determinar, en los términos que establezca la reglamentación, si la patología que dio origen a la o las certificaciones admite nuevas certificaciones médicas. El dictamen de la junta médica deberá ser comunicado al prestador de salud del funcionario, a los efectos de ser incorporado en su historia clínica. Los médicos certificadores son responsables del cumplimiento de lo previsto en este inciso”. 

Según lo previsto en la norma citada, una vez evaluado el funcionario por la Junta Médica de ASSE, donde se haya decidido que se encuentra apto para su trabajo, deberá reintegrarse en un plazo de 72 (setenta y dos) horas, los que se computarán desde la notificación del dictamen y no se admitirá ninguna certificación médica relacionada con la patología analizada por la Junta médica. 

Por lo que, el dictamen de la Junta Médica deberá reflejar si se admitirán certificaciones médicas relacionadas con la patología analizada por la Junta Médica. 

Ese dictamen debe ser comunicado al prestador de salud del funcionario, a los efectos de ser incorporado en su historia clínica. 

Los médicos certificadores son responsables del cumplimiento de lo previsto en este inciso. 

De las actuaciones remitidas, surge informe de Junta Médica de ASSE de fecha 14 de enero de 2022, donde se establece que la funcionaria Sra. … se encuentra apta para el desempeño de sus tareas laborales habituales (Doc. 2 fs. 2).

También se adjunta informe de Junta Médica Especial Ampliada con el Departamento de Salud Ocupacional de la Universidad de la República de fecha 26 de junio de 2023, donde se establece que la funcionaria se encuentra apta para desempeñar sus tareas laborales habituales una vez finalizada su certificación actual, previéndose además las condiciones de trabajo que deben cumplirse para reintegrarse a sus tareas habituales (Doc. 2 fs. 3). 

En conclusión, conforme la norma citada, y siempre y cuando estén dadas las condiciones laborales indicadas por la Junta Médica de ASSE para que la funcionaria pueda reintegrarse a su puesto de trabajo, esta Asesoría Letrada considera que la situación de la funcionaria queda comprendida en lo previsto en el artículo 82 de la Ley N° 19.121, de fecha 20 de agosto de 2013 y artículo 9 del Decreto Reglamentario N° 222/014, de fecha 30 de julio de 2014, por lo que el organismo consultante podrá iniciar el procedimiento disciplinario por omisión.

 

Conclusión                                                                           

 

Con lo informado se eleva a la Dirección, sugiriendo, de compartirse, se remitan las presentes actuaciones al MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS. 

 

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