Pautas de elaboración de bases y descripción de perfiles de ascensos

Guías

Esta Oficina Nacional visualiza la necesidad de actualizar los criterios para la elaboración de Bases y Descripción de Perfil para los concursos de ascensos, así como en los correspondientes Formularios.
Tapa de la guía

Las presentes pautas son establecidas de conformidad con el artículo 6 del Decreto N° 196/022 de fecha 14 de junio de 2022, el cual establece: “Las áreas de Gestión Humana o las reparticiones que hagan sus veces, elaborarán las bases de los concursos respectivos y la descripción del perfil del cargo de que se trate en coordinación con la Unidad Ejecutora a la que pertenece la vacante, conforme a los criterios establecidos en el presente Decreto y a las pautas que determine la Oficina Nacional del Servicio Civil. Dichas bases serán aprobadas por el Jerarca del Inciso” (subrayado nuestro).

A su vez, el mismo adecua el procedimiento de ascenso para los Incisos 02 al 15 y 36 del Presupuesto Nacional.

El artículo 21 dispone, asimismo: “La presente normativa se aplicará a todos los procedimientos de ascenso, cualquiera sea la fecha de la generación de la vacante, no siendo aplicable a los procedimientos en trámite”.

Recordamos que el artículo 29 de la Ley Nº 19.924 de 18 de diciembre de 2020, que da una nueva redacción al Art. 49 de la Ley Nº 18.719 de 27 de diciembre de 2010, establece que: “…las convocatorias a concursos de ascensos que realicen los organismos de la Administración Central, deberán ser publicadas en el portal del Sistema de Reclutamiento y Selección de Personal de la Oficina Nacional del Servicio Civil (ONSC), durante todo el período de inscripción dispuesto para el llamado, por un período no inferior a quince días, sin perjuicio de la publicidad específica que debe realizar cada
organismo”.

A tales efectos, se encuentra a disposición de todos los organismos, el Portal de “Uruguay Ascensos”. La omisión del cumplimiento de la obligación dispuesta constituirá falta grave.

Descargas

Etiquetas