Solicitantes de refugio

Protocolo de actuación específico para personas solicitantes de refugio

Protocolos

Desde el 13 de marzo de 2020 el Poder Ejecutivo decretó el estado de emergencia sanitaria nacional. Se establecieron restricciones generales al desplazamiento de los ciudadanos, las cuales incluyeron limitaciones al ingreso de personas a nuestro país. En el caso de ciudadanos extranjeros que soliciten refugios existen excepciones a la regla.
Protocolo solicitantes de refugio

Estas situaciones excepcionales demandan un protocolo específico de actuación. 

Se entiende por solicitante de refugio, tal como lo estipula la ley, cualquier persona extranjera que presenta (en forma escrita u oral) solicitud de ser reconocido como tal ante cualquier autoridad nacional, departamental o el representante del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados con sede en el país o la oficina encargada de representar sus intereses. Esto incluye a la autoridad migratoria.

Muchas veces las personas solicitantes de refugio llegan a la frontera sin contar con un hisopado, así como sin dinero para financiarlo, ni lugar en el que realizar la cuarentena. Es por lo tanto imprescindible saber qué pasos seguir cuando esto sucede.

 

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