Nueva política de Identificación Digital

Los servicios de identificación digital permitirán identificar y autenticar a las personas a distancia gracias al registro de estas y las medidas de seguridad implementadas por los prestadores de confianza.
Con las modificaciones introducidas en el año 2017, la Ley N° 18.600 establece la equivalencia entre la identificación presencial y aquella realizada por medios electrónicos seguros según los criterios establecidos por la Unidad de Certificación Electrónica (UCE).
A los efectos de lograr esta equivalencia, la reciente Política de la UCE define los niveles de seguridad para las etapas de registro y autenticación. La combinación de los niveles superiores en ambas instancias permitirá a las personas y organismos realizar sus contratos y transacciones tal como si se encontraran presencialmente en el lugar y con las máximas garantías de identificación.
Los proveedores de identificación funcionarán como intermediarios entre los usuarios y terceros que presten sus servicios en línea, adoptando requisitos de seguridad al momento de registrar a sus usuarios y luego durante su autenticación.
Procurando la integración con servicios de todo el mundo, la política se alinea a los estándares establecidos por los marcos técnicos y jurídicos de Estados Unidos y Europa.