A partir del 1° enero del 2018

Repartidores en moto deberán contar con certificación en seguridad vial

Se aprobó el Decreto que establece la obligatoriedad de Curso Certificado para repartidores en moto de alimentos y productos farmacéuticos.
Carnet de repartidores de moto

Fue aprobado por el Poder Ejecutivo el Decreto 119/017 que establece que a partir del 1° de enero del 2018, todo trabajador que desempeñe tareas como repartidor de alimentos y productos farmacéuticos -utilizando como medio de transporte una motocicleta o cualquier otro vehículo bi-rodado impulsado por motor- deberá haber aprobado el curso de capacitación específico y contar con el correspondiente certificado de formación profesional expedido por la autoridad competente (INEFOP).

Existe una gran incidencia de motociclistas y peatones en el total de fallecidos en siniestros de tránsito, según lo emanado de los sucesivos informes del Sistema de Información Nacional de Tránsito (SUNATRÁN).

Para el 2016, el grupo de motociclistas totalizó 204 fallecidos en el año, lo cual representa un 45,7% del total de fallecidos por siniestros de tránsito a nivel nacional. Según sus edades, se observa que casi la mitad de los motociclistas fallecidos eran jóvenes entre 15 y 29 años (101 fallecidos). A su vez, 6 de cada 10 motociclistas fallecidos durante 2016, tenían menos de 40 años.

La nueva reglamentación es fruto de la articulación de un importante número de instituciones involucradas en el tema, asumida en un acuerdo marco con INEFOP para el desarrollo de programas de formación y capacitación continuas, sumadas a la acciones de prevención, promoción de la salud y seguridad laboral. Participan en él el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS), la Unidad Nacional de Seguridad Vial (UNASEV), el Banco de Seguros del Estado (BSE), la Federación Uruguaya de Empleados de Comercio y Servicios (FUECYS - PIT-CNT), la Cámara Nacional de Alimentación (CNA), CAMBADU (Centro de Almaceneros Minoristas, Baristas, Autoservicistas y afines del Uruguay), la Asociación de Farmacias del Interior (AFI) y el Centro de Farmacias del Uruguay (CFU).

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