Regímenes de preferencia

Programa de Contratación Pública para el Desarrollo

El artículo 43 de la Ley Nº 18.362, de 6 de octubre 2008, creó el Programa de Contratación Pública para el Desarrollo, cuyo objetivo es emplear regímenes y procedimientos de contratación especiales, que promuevan el desarrollo de proveedores nacionales, en particular micro, pequeñas y medianas empresas y pequeños productores agropecuarios, y que estimulen el desarrollo científico-tecnológico y la innovación.

Objetivos

  • Emplear regímenes y procedimientos de contratación especiales para promover el desarrollo.

Descripción

En cada ejercicio, las adquisiciones y contrataciones de bienes, servicios y obras públicas que no superen el 10 % del monto total de las adquisiciones y contrataciones realizadas en el ejercicio anterior por las Administraciones Públicas Estatales y los Organismos Paraestatales, serán efectuadas según los términos establecidos en el mencionado programa. Asimismo las contrataciones y adquisiciones efectuadas bajo este programa por un organismo en particular no podrán superar el 20% del total de adquisiciones y contrataciones realizadas por ese mismo organismo en cada ejercicio.

En el marco del programa podrán emplearse, entre otros instrumentos, márgenes de preferencia en el precio y mecanismos de reserva de mercado, en favor de productores y proveedores nacionales. En el caso de las reservas de mercado, su aplicación no podrá superar 10% del total de contrataciones y adquisiciones realizadas por un mismo organismo en cada ejercicio.

Los subprogramas, reglamentados por el Poder Ejecutivo a la fecha son:

  • Subprograma de Contratación Pública para el Desarrollo de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, que estará bajo la coordinación del Ministerio de Industria, Energía y Minería, a través de la Dirección Nacional de Artesanías, Pequeñas y Medianas Empresas.
  • Subprograma de Contratación Pública para el Desarrollo de la Industria Farmacéutica
  • Subprograma de Contratación Pública para el Desarrollo Científico-Tecnológico y la Innovación, que estará bajo la coordinación de la Agencia Nacional de Investigación e Innovación.
  • Subprograma de contratación pública para el desarrollo de la Industria Textil y de la Vestimenta
  • Subprograma de Contratación Pública para el Desarrollo de la Industria del Calzado

La norma asimismo prevé el Subprograma de Contratación Pública para el Desarrollo de Pequeños Productores Agropecuarios, que estará bajo la coordinación del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca. Este Subprograma a la fecha no se encuentra reglamentado. 

Resolución del Poder Ejecutivo de los montos máximos por entidad para la aplicación del Programa de Contratación Pública para el Desarrollo del presente ejercicio:

Montos ejercicio 2019

Subprograma de Contratación Pública para el Desarrollo de las MIPYMES

Alcance

MIPYMEs con bienes de su producción así como con servicios prestados o ejecutados directamente por ellas, que califiquen como nacionales.

Requisitos

  • Clasificar como MIPYME de acuerdo Decreto Nº 504/007
  • Carácter nacional de bienes, servicios u obra pública
  • Encontrarse realizando o haber realizado un proceso de mejora de gestión

Instrumentos regulados

  1. Preferencia en precio

Categoría de MIPYME

% comparación respecto oferta que obtiene PIN

% comparación respecto oferta que NO obtiene PIN

Micro

8%

16%

Pequeña

8%

16%

Mediana

4%

12%

      2. Reserva de mercado

10% del quantum total del objeto licitado, siempre que, a nivel comparativo, la oferta no supere en un 16% o más a la mejor de las ofertas que se presentan por el total del monto licitado.

¿Cómo se acredita?

A efectos de acogerse en dicho régimen, el oferente deberá presentar, conjuntamente con su oferta, certificado de DINAPYME que acredite:

  1. su condición de MIPYME,
  2. que se encuentra realizando o ya realizó un proceso de mejora de gestión; y

Al mismo tiempo, el certificado de Dinapyme deberá incluir la declaración jurada del oferente donde se indique que su producto (bien, servicio) califica como nacional.

Tratándose de obra pública, además del certificado indicado en el párrafo anterior, deberá presentar el certificado emitido por el Registro Nacional de Empresas de Obra Pública.

En caso de resultar adjudicatario, deberá presentar certificado de origen emitido por las entidades competentes que acredite que su producto califica como nacional.

Documentos de interés:

Decreto N° 371/010 de 14 de diciembre de 2010

Decreto N° 164/013 con modificación del Artículo 6° del Decreto N° 371/010

Instructivo aplicación del subprograma reglamentado en el Decreto N°371/010.

Aplicación de los beneficios del programa MiPymes

Ejemplo de certificados emitidos por DINAPYME:

Certificado de bienes

Certificado de obra

Trámites relacionados al régimen 

Subprograma de Contratación Pública para el Desarrollo de la Industria Farmacéutica

Alcance

Industrias del sector farmacéutico con bienes de su producción que califiquen como nacionales.

Requisitos

  • Carácter nacional de bienes y servicios.
  • Encontrarse realizando o haber realizado un proceso de mejora de gestión Certificación OMS 2003 o ISO 9001.

Instrumentos regulados

Reserva de mercado hasta el monto de la licitación abreviada común por ítem de cada llamado, siempre que, a nivel comparativo, la oferta no supere en un 16% o más a la mejor de las ofertas que se presentan por el total del ítem.

¿Cómo se acredita?

A efectos de acogerse en dicho régimen, el oferente deberá presentar, conjuntamente con su oferta, certificado de Dirección Nacional de Industrias (DNI) que acredite:

  • su condición de productor farmacéutico,
  • que se encuentra realizando o ya realizó un proceso de mejora de gestión

Al mismo tiempo, el certificado de la DNI deberá incluir la declaración jurada del oferente donde se indique que su producto (bien, servicio) califica como nacional.

En caso de resultar adjudicatario, deberá presentar certificado de origen emitido por las entidades competentes que acredite que su producto califica como nacional.

Trámites relacionados al régimen 

Certificado Compras públicas industria farmacéutica

Documentos de interés:

Instructivo de aplicación

Formulario de solicitud (docx)

Decreto N° 194/014

Subprograma de contratación pública para el desarrollo científico, tecnológico y la innovación

La contratación pública innovadora consiste en la adquisición de una solución que no existe en el mercado nacional y/o adaptaciones, ajustes o mejoras que impliquen la incorporación de elementos innovadores, donde el objeto a contratar es definido en atención a requisitos funcionales de desempeño.  

Objetivo 

Mejorar la eficiencia del sector público y la calidad de sus servicios, a través de la incorporación de bienes y servicios innovadores, y estimular el desarrollo científico, tecnológico y la innovación a nivel nacional. 

Alcance 

  • Empresas de bienes, servicios u obras radicadas en el país. 
  • Instituciones académicas o institutos de investigación radicados en el país. 
  • Entidades empresariales, académicas o de investigación radicadas en el país asociadas a empresas, instituciones académicas o institutos de investigación, radicados en el extranjero.  

Requisitos 

Carácter nacional de bienes y servicios. 

La solución no debe existir a nivel del mercado nacional y/o adaptaciones, ajustes o mejoras que impliquen la incorporación de elementos innovadores. 

Instrumentos regulados 

Reserva de mercado hasta el 100% de las cantidades a adquirir en la fase comercial siempre que los resultados obtenidos en la etapa pre comercial fueren satisfactorios. 

Documentos de interés:

Decreto N° 191/019

Subprograma de Contratación Pública para el Desarrollo de la Industria Textil y de la Vestimenta

Alcance 

Industrias del sector textil y de la vestimenta con bienes de su producción clasificados en la nomenclatura del Mercosur. 

Requisitos 

  • Inscripción Registro Vestimenta (Ley N° 18.846)
  • Carácter nacional de bienes y servicios (Dec Nº 164/013)
  • Criterio de sostenibilidad

Instrumentos regulados 

  • Reserva de mercado hasta límite previsto en el artículo 43 Ley N° 18.362, en tanto el precio no supere el 30 % de la mejor oferta. 
  • Reserva intra reserva para Cooperativas Sociales o Monotributistas Sociales MIDES: se establece una reserva del 10% de las cantidades licitadas, salvo que resulte la mejor oferta correspondiendo adjudicar en las condiciones generales (hasta 100%).

¿Cómo se acredita?

A efectos de acogerse en dicho régimen, el oferente deberá presentar, conjuntamente con su oferta, certificado de Dirección Nacional de Industrias (DNI) que acredite:

  • la inscripción en el Registro de la Vestimenta,
  • que cuenta con Certificado de procesos expedido por MIDES en caso de ser Monotributo o Cooperativa social MIDES (si se trata de otra entidad de la industria textil el criterio de sostenibilidad se acredita en forma posterior a la adjudicación) 
  • al mismo tiempo, el certificado de la DNI deberá incluir la declaración jurada del oferente donde se indique que su producto (bien, servicio) califica como nacional.

En caso de resultar adjudicatario, deberá presentar certificado de origen emitido por las entidades competentes que acredite que su producto califica como nacional.

Documentos de interés: 

Decreto N° 15/020

Subprograma de Contratación Pública para el Desarrollo de la Industria del Calzado

Alcance 

Industrias del calzado con bienes de su producción.

Requisitos 

  • Inscripción en el Directorio de Empresas Industriales (Decreto 59/014, de 13 de marzo de 2014)
  • Cumplir con el carácter nacional de los bienes y/o servicios (Decreto Nº 164/013, de 4 de 6 de 2013)
  • Cumplir con el mantener la fuente de empleo del sector durante el período de un año, a contar de la fecha de la adjudicación de la compra, en las condiciones que determine el Ministerio de Industria, Energía y Minería

Instrumentos regulados

Reserva de mercado hasta límite previsto en el artículo 43 Ley N° 18.362 de 6 de octubre de 2008, en tanto el precio unitario de la oferta amparada no supere en un 30% a la oferta de precio más bajo que se hubiere presentado

¿Cómo se acredita?

A efectos de acogerse al régimen, el oferente deberá presentar, conjuntamente con su oferta:

  • Certificado de Participación en el Subprograma de Contratación Pública para el Desarrollo de la Industria del Calzado emitido por la Dirección Nacional de Industrias del Ministerio de Industria, Energía y Minería (que acredita el cumplimiento de los requisitos previstos)
  • Declaración jurada donde se indique que su producto (bien, servicio) califica como nacional.

En caso de resultar adjudicatario, deberá presentar:

  • Certificado de origen emitido por las entidades competentes que acredite que su producto califica como nacional en un plazo de 15 días hábiles contados a partir de la notificación de la resolución de adjudicación

Documentos de interés: 

¿A quién está dirigido?

  • Proveedores.