Detenidos desaparecidos

Grupo de trabajo de ONU sobre desapariciones forzadas visitará Uruguay en julio

En preparación de la visita el Grupo de Trabajo convoca a organizaciones sociales, academia, personas expertas y familiares de personas desaparecidas a enviar contribuciones por escrito hasta el 24 de junio.
Excavaciones

El Grupo de Trabajo de ONU sobre Desapariciones Forzadas o Involuntarias (en adelante, “el Grupo de Trabajo”) tiene previsto realizar una visita oficial a Uruguay. La visita ha sido acordada por el gobierno y se llevará a cabo del 7 al 14 de julio de 2022.

Objetivos

La visita está dirigida a obtener información de primera mano sobre la situación relacionada con las desapariciones forzadas, incluyendo el marco institucional y legislativo, con miras a identificar los avances que se han dado en materia de derecho a la verdad, justicia, reparación y memoria, así como los obstáculos que permanecen en este sentido.

Preguntas clave y tipo de contribuciones solicitadas

El Grupo de Trabajo convoca a todas las personas y organizaciones interesadas que trabajen en cuestiones relacionadas con la desaparición forzada en Uruguay, incluyendo representantes de las asociaciones de la sociedad civil y de familiares de personas desaparecidas, personas expertas, así como académicos y académicas, a que envíen sus contribuciones escritas en vista de la visita. En particular, se agradece información relativa a:

  • La compatibilidad del marco legislativo (civil, administrativo y penal) nacional en materia de desaparición forzada de personas con las normas internacionales pertinentes. En particular, se agradece toda información relacionada con los obstáculos encontrados en la implementación de las disposiciones de la Declaración sobre la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas.
  • El marco político e institucional vigente para abordar los problemas relacionados con las desapariciones forzadas.
  • Medidas adoptadas para prevenir las desapariciones forzadas.
  • Medidas adoptadas para garantizar el derecho de las víctimas a conocer la verdad sobre las circunstancias de las desapariciones forzadas, la evolución y resultados de las investigaciones emprendidas y la suerte y el paradero de la persona desaparecida, y el derecho a la libertad de buscar, recibir y difundir información con ese fin.
  • Medidas adoptadas para buscar y localizar a las personas desaparecidas y, en caso de fallecimiento, para buscar, respetar, exhumar, identificar, y restituir sus restos mortales a los familiares.
  • Medidas adoptadas para garantizar el derecho de las víctimas a la justicia, en particular en términos de investigaciones encaminadas a identificar a los perpetradores, enjuiciarlos y, en su caso, sancionarlos.
  • Medidas adoptadas para cooperar con otros Estados, prestándose todo el auxilio judicial posible en procedimientos penales relacionadas con un delito de desaparición forzada, así como todo el auxilio posible para asistir a las víctimas y en materia de búsqueda, localización y liberación de las personas desaparecidas y, en caso de fallecimiento, la exhumación, la identificación de las personas desaparecidas y la restitución de sus restos.
  • Medidas adoptadas para garantizar el derecho de las víctimas a un recurso efectivo y a la reparación integral.
  • Esfuerzos estatales dirigidos a la preservación de la memoria y a la adopción de medidas para garantizar la no repetición, incluyendo medidas específicamente dirigidas a prevenir que se repitan las desapariciones forzadas.

Asimismo, se agradece toda sugerencia relacionada con regiones, lugares o establecimientos que el Grupo de Trabajo debería considerar visitar en el país, junto con información relevante sobre los mismos.

Confidencialidad

La identidad de las fuentes que presentan contribuciones al Grupo de Trabajo se considera estrictamente confidencial, a menos que se indique expresamente el consentimiento para que sea revelada públicamente.

Reuniones durante la visita

Como parte de la visita, el Grupo de Trabajo se reunirá con familiares de personas desparecidas, representantes de organizaciones de la sociedad civil, colectivos de víctimas y de familiares, personas expertas, así como con académicos y académicas.

Para solicitar una reunión con el Grupo de Trabajo durante la visita, favor de escribir al correo electrónico ohchr-wgeid@un.org, indicando su interés. Cabe señalar que, en vista de las limitaciones de agenda, es posible que estas reuniones se realicen de manera colectiva.

Informe de la visita

El Grupo de Trabajo presentará sus hallazgos preliminares al finalizar la vista el 14 de julio de 2022. El informe sobre la visita será presentado al Consejo de Derechos Humanos en Ginebra en septiembre de 2023.

Recepción de insumos

Las contribuciones pueden enviarse por correo electrónico. Deben ser recibidas de preferencia, antes del 24 de junio de 2022. Sin embargo, Grupo de Trabajo continuará recibiendo información sobre las preguntas clave arriba mencionadas, durante los tres meses sucesivos a la conclusión de la visita.

Correo electrónico: ohchr-wgeid@un.org

Asunto del correo electrónico: Contribución en vista a la visita del Grupo de Trabajo a Uruguay

Formato del archivo: Word, PDF

Límite de palabras: 2000 palabras

Idiomas aceptados: español e inglés

Fuente: https://www.ohchr.org/es/calls-for-input/calls-input/convocatoria-para-enviar-contribuciones-en-preparacion-para-la-visita

 

Sobre el Grupo de Trabajo

El Grupo de Trabajo ha dado seguimiento a casos uruguayos desde antes del retorno a la democracia.

Sus recomendaciones han sido de ayuda para gobiernos, familiares y operaciones de búsqueda en todas las regiones del mundo.

Está integrado por cinco expertos independientes, tiene como cometido principal y humanitario, ayudar a los familiares y a los gobiernos a establecer la suerte y el paradero de las personas desaparecidos. Constituye el mayor repositorio de experiencia y conocimiento sobre las técnicas necesarias para abordar el tema de la desaparición forzada.

La búsqueda de detenidos desaparecidos en Uruguay

La Ley 19.822 del 18 de setiembre de 2019 encargó a la INDDHH la búsqueda de las personas detenidas desaparecidas en el marco de la actuación ilegítima del Estado ocurrida entre el 13 de junio de 1968 y el 28 de febrero de 1985.

La ley encomienda a la INDDHH la búsqueda de las personas detenidas desaparecidas dentro y fuera del Uruguay, e incluye tanto la ubicación de los restos como la investigación de las circunstancias en que se produjeron las desapariciones.

Siguiendo lo dispuesto por el Art. 2º de la ley el Consejo Directivo de la INDDHH delegó este cometido en dos de sus integrantes, la Dra. Mariana Mota y el Dr. Wilder Tayler.

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