En sesión del Senado

La INDDHH emitió opinión sobre el proyecto de ley de urgente consideración

La Institución Nacional de Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo (INDDHH) fue citada por la Comisión Especial del Senado que está procesando el proyecto de ley de urgente consideración (LUC). Por la INDDHH participaron la Consejera Mariana Mota, el Consejero Wilder Tayler y especialistas que integran el plantel de profesionales de la Institución.
La INDDHH en conferencia de prensa en el Parlamento

La INDDHH tiene competencia en estos asuntos dado que su cometido es la defensa, promoción y protección de los derechos humanos en toda su extensión y también la formulación de recomendaciones, informes y propuestas relacionadas, entre otras, con el ordenamiento jurídico y las prácticas institucionales respecto a los instrumentos internacionales de derechos humanos.

 

Las opiniones emitidas en esta instancia refieren a tres temas centrales: derechos humanos y seguridad pública (inclyendo varios subtemas), derecho a la libre circulación y derechos laborales. No obstante, la INDDHH señala que hay otros temas también cruciales pero no incluidos en este primer pronunciamiento, como ser las propuestas que debilitarían el proceso acusatorio, los cambios que podrían impactar negativamente en los derechos económicos y sociales de las personas en situación de vulnerabilidad, la regulación de las áreas protegidas y derechos ambientales, entre otros.

 

En los próximos días se completará un informe exhaustivo sobre el proyecto de ley, el que será entregado a la Comisión Especial del Senado para su consideración y será también difundido a la opinión pública.

La INDDHH analizó en sustancia el contenido de la ley y no consideró por el momento los cuestionamientos formales que se han realizado al anteproyecto respecto a su posible inconstitucionalidad.

Los temas que sí fueron analizados son los siguientes:

  • Seguridad pública. Legítima defensa (Art. 1)
  • Seguridad pública. Debilitamiento de garantías en la detención y procedimientos policiales (Arts. 43, 44,45, 46,49 y 52)
  • Seguridad pública. Inflación penal (Arts. 2 a 17)
  • Seguridad pública. Delitos sexuales (Arts. 6 a 8 y 108)
  • De la protección a la Libre circulación (Arts. 492 a 494)
  • Relaciones laborales (Art. 398)

 

 

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