Conversatorio

La INDDHH organiza diálogo con sociedad civil sobre la Ley de Urgente Consideración

El borrador de anteproyecto de Ley de Urgente Consideración será el tema de una jornada de diálogo con organizaciones de la sociedad civil convocada por la Institución Nacional de Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo (INDDHH) para este miércoles 12 de febrero de 9 a 13 horas en la sala de actos de la INDDHH (Bulevar Artigas 1532 entre Palmar y Gastón Ramón).
Imagen sala Gelman

Se prevé que cada organización participante realice una breve exposición sobre distintos aspectos del mencionado borrador de anteproyecto. Una vez culminada la jornada, la INDDHH realizará una relatoría del evento, la cual contribuirá a la definir la posición de la sociedad civil y a la vez servirá de insumo para que la INDDHH cumpla con sus cometidos institucionales.

La Ley 18.446 en su artículo 4º numerales H e I, otorga competencia a la INDDHH para “emitir opiniones, recomendaciones y propuestas sobre proyectos de ley o propuestas de reformas constitucionales relacionados con los derechos humanos” y “recomendar a las autoridades competentes la aprobación, derogación o modificación de las normas del ordenamiento jurídico que a su juicio redunden en una mejor protección de los derechos humanos”.

Se espera también la participación como oyentes, de varias agencias del Sistema de las Naciones Unidas en Uruguay.

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NOTAS PARA LA EDICIÓN

SOBRE LA INDDHH:

Es una institución estatal cuyo objetivo es promover, proteger y defender los derechos humanos de todas las personas. De carácter autónomo, su fin es otorgar mayores garantías a las personas en el goce de sus derechos. Fue creada en 2008 por la Ley 18.446, para que el Uruguay contara con un instrumento complementario a otros ya existentes. Su labor está dirigida a contribuir a que las leyes, las prácticas administrativas y las políticas públicas se desarrollen en consonancia con los derechos humanos. Su competencia abarca todo el territorio nacional.

SOBRE EL TRÁMITE LEGISLATIVO DE LAS LEYES DE URGENTE CONSIDERACIÓN:

Según del artículo 168 de la Constitución Nacional las leyes de urgente consideración deberán procesarse en el Parlamento de acuerdo a las siguientes reglas: (…)  d)  la Cámara que reciba en primer lugar el proyecto deberá considerarlo dentro de un plazo de cuarenta y cinco días. (…); e) la segunda Cámara tendrá treinta días para pronunciarse y si aprobase un texto distinto al remitido por la primera lo devolverá a ésta, que dispondrá de quince días para su consideración. (…); f) la Asamblea General dispondrá de diez días para su consideración. Si venciera este nuevo plazo sin pronunciamiento expreso se tendrá por sancionado el proyecto en la forma en que lo votó la última Cámara que le prestó expresa aprobación. (…)

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