Convenio

Intendencia de Montevideo presta una retroexcavadora para la búsqueda de detenidos desaparecidos

La Intendencia de Montevideo (IM) aportará a la Institución Nacional de Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo (INDDHH) una máquina retroexcavadora y un funcionario para operarla, los que se destinarán a las tareas de búsqueda de detenidos desaparecidos en el ex centro clandestino de represión y tortura de La Tablada.
Firma de convenio


El convenio fue firmado en el día de hoy por el intendente de Montevideo, Christian Di Candia, y el presidente de la INDDHH, Wilder Tayler, junto a la directora de la INDDHH Mariana Mota y varios miembros del gabinete departamental.

Tras la firma Tayler agradeció en nombre de la INDDHH y de los familiares de detenidos desaparecidos y explicó: “este paso que damos hoy con la Intendencia nos permite llegar a uno de los lugares más infames asociados en la historia de la represión y del terrorismo de Estado uruguayo: La Tablada. Tenemos 11 nombres de desaparecidos asociados a ese lugar. No sabemos si están allí, pero precisamente para buscarlos necesitamos este tipo de colaboración.”

Di Candia, por su parte, afirmó: “además de ser un honor poder ayudar también es una responsabilidad como parte del Estado de seguir trabajando por un departamento, por una sociedad y por un país que respete y que busque y que cuide la memoria, la verdad y la justicia”. 

En La Tablada no se realizan excavaciones desde 2014. En ese predio, ubicado en Lezica (Montevideo), funcionó un centro clandestino de detención y tortura desde enero de 1977 hasta 1983 inclusive. Se estima que unas 240 personas permanecieron secuestradas allí durante algunas semanas o meses. Según el testimonio de varios testigos este sitio podría haber sido también el destino final de algunos uruguayos que fueron detenidos ilegalmente en Argentina y trasladados clandestinamente al Uruguay en el marco del Plan Cóndor. El local fue sede del Organismo Coordinador de Operaciones Antisubversivas (OCOA) dependiente de la División del Ejército I. 

Tal como destacó Tayler en su exposición, recientemente se ha accedido a nuevos predios militares, se solicitaron y obtuvieron nuevas cautelas y se visitaron establecimientos militares con nuevos testigos cuya identidad se mantiene en reserva. El detalle de estas acciones fue informado recientemente por la INDDHH en el “Segundo informe sobre la búsqueda de detenidos desaparecidos” publicado el pasado miércoles 7 de octubre. 

Según el convenio, la retroexcavadora y el funcionario asignado a operarla trabajarán bajo las instrucciones del equipo de antropólogos y los directores de la INDDHH en los que el Consejo Directivo delegó la búsqueda de detenidos desaparecidos: Wilder Tayler y Mariana Mota.

NOTAS PARA LA EDICIÓN
La Ley 19.822 del 18 de setiembre de 2019 encargó a la INDDHH la búsqueda de las personas detenidas desaparecidas en el marco de la actuación ilegítima del Estado ocurrida entre el 13 de junio de 1968 y el 28 de febrero de 1985. 

La ley encomienda a la INDDHH la búsqueda de las personas detenidas desaparecidas dentro y fuera del Uruguay, e incluye tanto la ubicación de los restos como la investigación de las circunstancias en que se produjeron las desapariciones. Para ello le confiere a la INDDHH poderes jurídicos especiales, como el acceso irrestricto a los archivos de los servicios de inteligencia, a archivos de instituciones públicas o privadas, y a todos los lugares y establecimientos públicos o privados que considere relevantes. Además, la Institución podrá citar a funcionarios del Estado y a particulares para que presten declaración. 

El propósito de la ley fue enmarcar la búsqueda en una institución independiente con permanencia en el futuro. La iniciativa fue aprobada con el apoyo de todos los partidos con representación parlamentaria. El objetivo es brindar una respuesta a la sociedad y a las familias de las personas detenidas desaparecidas, quienes reclaman desde hace más de 40 anos para establecer el paradero o conocer el destino de sus familiares.

Siguiendo lo dispuesto por el Art. 2º de la ley el Consejo Directivo de la INDDHH delegó en dos de sus integrantes, la Dra. Mariana Mota y el Dr. Wilder Tayler, la implementación del cometido asignado por la Ley 19.822. 

En cumplimiento de los dispuesto por el Art. 10 la INDDHH elaboró los “Lineamientos Estratégicos para dar cumplimiento al mandato de la Ley 19.822.” En esos lineamientos la INDDHH acuerda que el objetivo de la búsqueda es el de establecer el paradero o el destino de las personas desaparecidas entre el 13 de junio de 1968 y el 28 de febrero de 1985 en Uruguay, Argentina y otros países de la región. Asimismo, indica que el destino o paradero de un desaparecido será establecido cuando se logre determinar claramente la ubicación de la persona o sus restos mortales, o en su defecto, cuando se clarifique a través de elementos de convicción suficiente, las circunstancias en las que la persona desapareció, aun cuando no se puedan hallar sus restos.