Salud Mental

MSP aprobó el Plan Nacional de Salud Mental 2020-2027

El Ministerio de Salud Pública (MSP) aprobó el Plan Nacional de Salud Mental 2020-2027 cuyo objetivo es la promoción y prevención en salud mental, detección, atención y recuperación.
Plan Nacional de Salud Mental 2020-2027

El proceso de elaboración del Plan contó con la participación de la sociedad civil, la academia, las sociedades científicas, asociaciones gremiales, usuarios y familiares, prestadores de salud, centros de rehabilitación psicosocial, profesionales de diferentes áreas, y las siguientes instituciones estatales: MSP, MIDES, INAU, Secretaría de Derechos Humanos de Presidencia, Junta Nacional de Drogas y MVOTMA.

Por la Institución Nacional de Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo (INDDHH) fue consultada la Dra. Josefina Plá, Directora de la INDDHH. Según Plá el Plan debería generar un avance “hacia un ejercicio efectivo de la salud mental desde un enfoque de derechos humanos y no discriminatorio ni estigmatizante”.

La INDDHH participó de los grupos interinstitucionales que fueron consultados durante la elaboración del Plan, en cumplimiento de su cometido legal previsto en el literal G, artículo 4 de la Ley 18.446: “Recomendar y proponer la adopción, supresión o modificación de prácticas institucionales, prácticas o medidas administrativas y criterios utilizados para el dictado de actos administrativos o resoluciones, que a su juicio redunden en una mejor protección de los derechos humanos”.

Por otra parte, los artículos 40 y 46 de la Ley N°19.529 de Salud Mental encomiendan a la INDDHH la defensa y promoción de los derechos allí reconocidos y - en coordinación con la Comisión Nacional de Contralor de la Atención en Salud Mental - la difusión de las normas, derechos y dispositivos orientados a la protección de las personas con sufrimiento mental. El artículo 29, asimismo, dispone que cuando la hospitalización -voluntaria o involuntaria- supere los 45 días corridos el prestador de salud a cargo del servicio de salud mental deberá notificar a la INDDHH.

Según explica el propio Plan (que puede descargarse al pie de esta nota) este se enfoca en el componente mental de la salud y presta especial prioridad a acciones encaminadas a la eliminación de toda forma de vulneración de derechos humanos. A su vez, propone un modelo de atención comunitaria que se centra en el reconocimiento de las personas con problemas de salud mental como sujetos de derecho.

En este sentido el Plan hace suya la declaración del Consejo de Derechos Humanos de la Asamblea General de las Naciones Unidas (2016): “los servicios de salud mental y sociales deben adoptar una perspectiva de derechos humanos para evitar causar daños a las personas que hagan uso de ellos; en particular con miras a eliminar todas las formas de violencia y discriminación en ese contexto, y para promover el derecho de toda persona a la plena inclusión y participación efectiva en la sociedad”.

 

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