Sobre la libertad de expresión en el contexto de la emergencia sanitaria

La Institución Nacional de Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo (INDDHH), en el marco de sus competencias legales[1], entiende oportuno recordar cuáles son los estándares de respeto y protección a la libertad de expresión e información[2] en un contexto de situación de emergencia sanitaria:
[1] Competencias asignadas por el artículo 4 de la Ley Nº 18.446 y artículos Nº 84 y 85 de la Ley Nº 19.307,
[2] Los garantes para la Libertad de Expresión y la Libertad de los Medios de Comunicación de las Naciones Unidas, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y el Representante para la Libertad de los Medios de Comunicación de la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa emitieron en este mismo sentido una Declaración Conjunta el 19 de marzo de 2020.