Informe de opinión de la INDDHH sobre los proyectos de ley relativos al trabajo sexual

Informes

La Institución Nacional de Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo (INDDHH) analizó los proyectos de ley relativos al trabajo sexual considerando las observaciones finales realizadas por el Comité de para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer. En ese sentido, valora positivamente la iniciativa de actualizar la Ley N.º 17.515, entendiendo que ambos proyectos constituyen una oportunidad para avanzar desde un modelo históricamente centrado en el control sanitario y policial hacia una regulación basada en la protección integral de derechos.

En particular, se consideran avances relevantes la incorporación de medidas dirigidas a prevenir la explotación, la trata y el proxenetismo; el fortalecimiento de garantías frente a prácticas abusivas en locales donde se ejerce trabajo sexual; la integración de medidas de seguridad social; la incorporación de una perspectiva de salud integral; la regulación inicial del trabajo sexual en plataformas digitales; y la participación de las organizaciones representativas de las personas que ejercen trabajo sexual.

No obstante, la INDDHH entiende que los proyectos presentan aspectos susceptibles de mejora para asegurar su plena adecuación a los estándares contemporáneos de derechos humanos. Entre ellos, destaca la necesidad de profundizar la diferenciación entre trabajo sexual voluntario, trata de personas, explotación sexual y proxenetismo; fortalecer la protección frente a la violencia institucional; mejorar las garantías de privacidad y protección de datos personales; incorporar una regulación más completa del trabajo sexual en entornos digitales; y reforzar las medidas dirigidas a prevenir situaciones de violencia, discriminación y estigmatización.

Asimismo, el informe analiza especialmente la situación del trabajo sexual en calle, la regulación de locales habilitados, la salud integral, los mecanismos de registro, la seguridad social, la autonomía económica, la participación de las organizaciones sociales y la necesidad de adoptar una perspectiva interseccional que contemple las realidades específicas de mujeres trans, personas migrantes y otros colectivos en situación de vulnerabilidad.

La INDDHH subraya que la futura legislación debe equilibrar adecuadamente dos obligaciones estatales complementarias: por un lado, garantizar los derechos humanos de las personas que ejercen trabajo sexual y, por otro, prevenir, investigar y sancionar eficazmente la trata de personas, la explotación sexual y el proxenetismo.

En conclusión, la INDDHH recomienda avanzar en la aprobación de una reforma legal en la materia, incorporando los ajustes señalados en el informe, con el objetivo de consolidar un marco normativo basado en la dignidad humana, la autonomía, la igualdad, la no discriminación, la participación, el acceso efectivo a derechos, la prevención de la violencia institucional y la protección frente a toda forma de explotación.
 

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