Adenda contrato servicio integral de limpieza, mantenimiento y servicio de cafetería, empresa Pulso S.R.L.
Contratos
En la ciudad de Montevideo, el día 13 de julio de 2022, por una parte, la Institución Nacional de Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo (quien en lo sucesivo se denominará también como "INDDHH"), representada en este acto por el Presidente del Consejo Directivo, Dr. Juan Faroppa, con domicilio en Bulevar Artigas Nº 1532, de esta ciudad y; por otra parte, la firma Pulso S.R.L. (quien en lo sucesivo se denominará también como "la Contratada" y junto con INDDHH, las "Partes"), inscripta en el Registro Único Tributario de la Dirección General Impositiva con el Nº 214614420019, representada en este acto por el Sr. Walter Rowinsky, con domicilio en la calle Piedra Alta Nº 1759, de esta ciudad, quienes acuerdan y convienen en la celebración de esta adenda que se regirá por las siguientes cláusulas (en adelante, la "Adenda"):
Por la presente Adenda, las Partes acuerdan modificar el artículo cuarto del contrato, con eficacia a partir del 15 de julio de 2022, el que quedará redactado de la siguiente manera:
"El servicio será prestado en dos turnos de siete horas, de 6 a 13 y de 13 a 20hs, por siete personas (cuatro personas en el turno de la mañana y tres en el de la tarde). Asimismo, en el horario de 9 a 17hs habrá una persona que será "encargada" del personal de la Contratada. Todo el personal (incluyendo la persona encargada) deberá utilizar durante todo el horario de labor el uniforme con el lago de la Contratada y con la identificación personal del empleado. La empresa se obliga a mantener diariamente el número de personas comprometido en cada uno de los turnos, debiendo sustituirlos dentro de la hora de iniciado el turno en caso de que alguna persona se ausente.
Se deberá presentar (ante quien el Consejo Directivo designe) una nómina completa del personal que cumplirá tareas en la INDDHH, indicando nombre, apellido, cédula de identidad y domicilio.
Todo cambio o sustitución del personal deberá ser informado (a quien el Consejo Directivo designe) en un plazo no menor a 24 horas desde el cambio o sustitución respectivo, comunicando /os datos personales del sustituto. Estando en vigencia el contrato, la INDDHH se reserva el derecho, de acuerdo a sus necesidades, de reducir o ampliar el mismo, en el marco de las previsiones establecidas en el artículo 74 del Texto Ordenado de Contabilidad y Administración Financiera".