Carta Intención entre la INDDHH y la FAO
Vigente
Quiénes participan
- INDDHH-FAO
CONSIDERANDO que la FAO tiene el mandato de erradicar el hambre, la inseguridad alimentaria y la malnutrición para conseguir gradualmente un mundo en el que las personas, en todo momento, dispongan de alimentos inocuos y nutritivos suficientes que satisfagan sus necesidades alimenticias y sus preferencias en materia de alimentos a fin de llevar una vida activa y sana de manera sostenible;
CONSIDERANDO que la Institución Nacional de Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo (“INDDHH”) es un órgano estatal autónomo que funciona en el ámbito del Poder Legislativo y tiene el mandato y los objetivos de la defensa promoción y protección en toda su extensión de los Derechos Humanos reconocidos por la Constitución y el Derecho Internacional. De acuerdo con lo previsto en la norma indicada, para el mejor cumplimiento de dichas funciones, se encuentra legalmente habilitada a suscribir acuerdos de cooperación;
RECONOCIENDO la voluntad común de la FAO y la INDDHH de fortalecer el trabajo sobre derecho humano a la alimentación adecuada, así como la voluntad de trabajar conjuntamente en el desarrollo de capacidades y mejora de políticas públicas para la seguridad alimentaria y nutricional, e integrar un enfoque interseccional con perspectiva de género y derechos humanos;
Ahora, por lo tanto, la FAO y la INDDHH:
Declaran su intención de trabajar juntos para finalizar los acuerdos, que se firmarán en una etapa posterior, de acuerdo con sus reglas y procedimientos internos, para:
Contribuir al fortalecimiento institucional y a la creación de una Ley sobre el Derecho a la Alimentación mediante la promoción de espacios de diálogo interinstitucional, intersectorial y con participación social
Promover la inclusión del derecho a la alimentación en las políticas públicas, considerando todas las dimensiones del sistema alimentario
Fortalecer la gobernanza en torno al derecho a la alimentación mediante la promoción de espacios de intercambio entre el Poder Ejecutivo, el Poder Legislativo y la sociedad civil, basados en el desarrollo de capacidades técnicas tanto de la INDDHH como de FAO.
Reconocen que:
Esta Carta de Intención es una declaración de intenciones y no crea ningún compromiso legal, financiero o de otro tipo para ninguna de las Partes, ni crea ninguna relación formal entre las Partes, ni autoriza a ninguna de las Partes a hacer declaraciones en nombre de la otra, o para vincular a la otra de cualquier manera.
Toda información confidencial o sensible que se intercambie en virtud de esta Carta de Intención estará sujeta a las restricciones relativas a la difusión y confidencialidad que la FAO o la INDDHH puedan aplicar como propietarios de la información, y que la FAO y la INDDHH acuerden mantener con respecto de dicha información.
Las Partes no harán ninguna representación o garantía, expresa o implícita, con respecto a la colaboración prevista, incluyendo entre otras cosas cualquier resultado de la misma, cualquier acuerdo o cualquier relación futura.
Esta Carta de Intención o información sobre la misma se podrá publicar en el sitio web de la FAO una vez haya entrado en vigor de conformidad con sus políticas de transparencia, que se actualizan periódicamente. Esta Carta de Intención o información sobre la misma también se podrá publicar en el sitio web de [la otra parte].
El nombre y/o el logotipo de la FAO y de la INDDHH no se utilizarán en ninguna forma de publicidad o divulgación pública a menos que cuenten con su consentimiento previo por escrito.
Ninguna disposición de la presente Carta de Intención afectará a los derechos de propiedad intelectual de cualquier material puesto a disposición de la otra Parte bajo esta Carta de Intención, ni conferirá ningún derecho a usar dicho material excepto en virtud de lo acordado por la FAO o por la INDDHH como propietario del material en cuestión.
Ninguna disposición de la presente Carta de Intención o de cualquier documento o arreglo relacionado con la misma constituirá una renuncia a los privilegios e inmunidades de la FAO ni conferirá ninguno de los privilegios e inmunidades de que disfruta la FAO a le INDDHH o a su personal.
Esta Carta de Intención terminará automáticamente al concluir el acuerdo mencionado en el párrafo 1 anterior. En ausencia de dicho acuerdo, expirará automáticamente a los dos (2) años de la fecha de la última firma, a menos que las Partes acuerden por escrito prorrogar su vigencia por un período específico.
Objetivos
- Fortalecer el trabajo sobre el derecho humano a la alimentación adecuada
- Trabajar conjuntamente en el desarrollo de capacidades y mejora de políticas públicas para la seguridad alimentaria y nutricional
- Integrar un enfoque interseccional con perspectiva de género y derechos humanos
Período
Fecha de inicio: 10/12/2025
Fecha fin: 10/12/2027
