Mirador DESCA

Convenio específico INDDHH - Asociación Pro-Fundación para las Ciencias Sociales

Vigente

Quiénes participan

  • INDDHH - Asociación Pro-Fundación para las Ciencias Sociales

Resumen

En la Ciudad de Montevideo, el día 24 de junio de 2025 entre, POR UNA PARTE la Institución Nacional de Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo (en adelante INDDHH), con domicilio en Bulevar Artigas Nº 1532, representada en este acto por la Dra. Carmen Rodríguez, en su calidad de Presidenta del Consejo Directivo Y POR OTRA PARTE la Asociación Pro-Fundación para las Ciencias Sociales (en adelante Asociación), con domicilio en Andrés Martínez Trueba 1300, representada en este acto por la Ec. Rosario Domingo en su calidad de Presidente y Dra. Carmen Midaglia CI 1.567.921-2 en su calidad de Secretaria Ejecutiva, quienes acuerdan la celebración del presente Convenio.

Descripción

Primero: Antecedentes. i) La INDDHH es una entidad estatal autónoma uruguaya creada en virtud de lo dispuesto por la Ley Nº 18.446, de fecha 24 de diciembre de 2008, que funciona en el ámbito del Poder Legislativo y que tiene a su cargo la defensa promoción y protección en toda su extensión de los Derechos Humanos reconocidos por la Constitución y el Derecho Internacional. De acuerdo a lo previsto en la norma indicada, para el mejor cumplimiento de dichas funciones, se encuentra legalmente habilitada a suscribir acuerdos de cooperación. ii) La Asociación Pro-Fundación para las Ciencias Sociales es una asociación civil sin fines de lucro cuya misión es apoyar a la Universidad de la República en la formulación, ejecución y administración de proyectos relacionados con la enseñanza, formación investigadora, extensión y divulgación del conocimiento de las Ciencias Sociales, en el marco de los cinco grupos disciplinarios que componen la Facultad de Ciencias Sociales: Ciencia Política, Economía, Sociología, Trabajo Social y Unidad Multidisciplinaria. III) Durante 2020, mediante un convenio entre la INDDHH y la APFCS, el equipo técnico de la Unidad de Métodos y Acceso a Datos (UMAD) de la Facultad de Ciencias Sociales realizó una primera etapa de organización, elaboración y producción de datos para el desarrollo del Observatorio de Derechos Humanos lo que en 2021 se cristalizó en el MIRADOR DESCA.

El Mirador DESCA presenta información a través de un sistema de indicadores que reflejan los avances y las brechas en materia de realización de los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales (en adelante DESCA), que surgen del conjunto de convenciones, convenios y protocolos que el país ha firmado y ratificado con el sistema internacional de derechos humanos. Esta información fue puesta en disponibilidad y será permanentemente actualizada en http://miradordesca.uy. Además, el Mirador DESCA desarrollará una serie de presentaciones y continuará la línea de informes iniciada en diciembre de 2021.

Segundo: Objeto. El presente convenio tiene por objeto: actualizar los indicadores de resultados que presenta el Mirador DESCA en base al nuevo Censo Nacional realizado por el Instituto Nacional de Estadística en 2023 y cuyos datos se encuentran disponibles desde 2024, planificar y realizar una capacitación en el uso del Mirador DESCA dirigida a la sociedad civil en el marco de los informes al Comité DESC, editar el informe #7 del Mirador DESCA sobre el Derecho a un Ambiente Sano.

Tercero: Equipo técnico. La ejecución de las acciones vinculadas a este convenio se realizarán en forma conjunta entre el equipo técnico que la Asociación formará con especialistas de la Unidad de Métodos y Acceso a Datos (UMAD) de la Facultad de Ciencias Sociales de la Universidad de la República y el equipo del Área de Estudios de la INDDHH. El equipo técnico de la Asociación estará integrado por el coordinador del convenio, el Dr. Fabricio Carneiro, un asistente de investigación y un especialista en programación. 

Cuarto: Actividades. En el marco del presente acuerdo, se prevé la realización de las siguientes actividades: 

  1. El equipo técnico de la Asociación actualizará, conjuntamente con el Área de Estudios de la INDDHH, la propuesta de matriz de indicadores. Presentará en formato de series históricas los compromisos asumidos por el país en materia de Derechos Sociales, Económicos, Culturales y Ambientales, así como los indicadores que permitan el seguimiento de avances y brechas respecto a poblaciones vulnerables, incluyendo entre estas a la infancia y adolescencia, mujeres, población afrodescendiente, personas con discapacidad, población privada de libertad, personas migrantes y personas LGTB+ (con énfasis en personas trans).
  2. El equipo técnico de la Asociación recopilará y sistematizará la información necesaria para la construcción de indicadores en base a los datos disponibles en el sistema estadístico nacional y otras fuentes de registros del Estado, en especial en el Censo Nacional 2023.
  3. El equipo técnico de la Asociación realizará una propuesta de análisis y visualización de dicha información en formato de tablas y gráficos con la descripción conceptual pertinente.
  4. El equipo técnico de la Asociación desarrollará los procesos de programación en la plataforma y en base al lenguaje R que permita en forma automática la generación de los gráficos y tablas pertinentes a partir de la consolidación de la información en una base de datos integrada.
  5. El equipo técnico de la Asociación actualizará, en consulta con el Área de Estudios de la INDDHH, el sitio web del Mirador DESCA incluyendo el diseño gráfico y los mecanismos de navegabilidad y consulta correspondientes.

Quinto: Obligaciones especiales de cada parte. En el marco del presente, las partes asumen el compromiso de:

  1. La Asociación se compromete a actualizar la base de datos consolidada en base a fuentes permanentes y registros continuos del sistema estadístico nacional seleccionados para representar los avances y brechas respecto a los parámetros que surgen de la consideración de los compromisos asumidos por el país en materia de derechos humanos.
  2. La INDDHH se compromete a abonar el monto previsto en la cláusula sexta del presente acuerdo, en los términos y condiciones allí previstos. Asimismo, se compromete a brindar el soporte necesario y la colaboración para el cumplimiento de las actividades y objetivos previstas en el presente.

Sexto: Monto y forma de pago. El monto total del presente convenio será de $252.829 y será abonado de la siguiente manera: 

FechasActividadesProductosPagos %$
Mayo - julio
  1. Actualizar los indicadores de resultados del Mirador DESCA. Edición del informe #7 del Mirador DESCA.
Bases de datos integrada y documento preliminar con visualizaciones en tablas y gráficos70176.980
Agosto- Noviembre
  1. Profundización de información sobre personas con discapacidad en base al Censo Nacional 2023
    1. Explorar visualización con georreferenciación
      1. Planificar y realizar una capacitación en el uso del Mirador DESCA dirigida a la sociedad civil en el marco de los informes al Comité DESC
Bases de datos integradas con desagregados focalizando en personas con discapacidad y propuesta de visualización de datos con georeferenciación/Capacitación realizada3075.849

Séptimo: Plazo. El presente acuerdo tendrá vigencia por siete meses desde su firma, fecha en que deberá darse cumplimiento a la segunda etapa de las actividades proyectadas, de acuerdo con el cronograma agregado. 

 Octavo: Confidencialidad. El trabajo a realizar, así como el manejo de la información recabada se gestionará con la debida confidencialidad y reserva, todo de acuerdo con lo dispuesto en las Leyes Nº 16.616, 18.220, 18.331 y 18.381.

Noveno: Solución de controversias. Toda diferencia que surja en lo concerniente a la interpretación, aplicación o ejecución del presente convenio, así como de todo otro documento que derive de la suscripción del mismo, se comunicará a la otra parte y se resolverá por la vía de la negociación directa.

Décimo: Rescisión. Las partes podrán poner término al convenio en cualquier momento mediante comunicación escrita a la otra institución con una antelación de 15 días corridos. La misma solo producirá efectos una vez transcurridos 30 días y no afectará las actividades en ejecución ni los compromisos laborales asumidos por la Asociación en el marco del presente convenio, salvo que las partes explícitamente convengan de otra forma.

Décimo Primero: Autorización de uso académico. La INDDHH autoriza a la Asociación, a hacer uso académico de la información, análisis, desarrollos metodológicos, etc, que se formulen en el marco de este Convenio.

Décimo Segundo: Domicilios especiales. Las partes constituyen domicilios especiales a todos los efectos a que pueda dar lugar este contrato, en los indicados como suyos en la comparecencia, teniéndose por tales, salvo notificación expresa de cambio.

Décimo Tercero: Comunicaciones entre las partes. Cualquier notificación que deban realizarse las partes en relación a la ejecución del presente acuerdo, se tendrá por válidamente efectuada si la misma es cursada a los domicilios constituidos en este documento por los comparecientes, por medio de carta con aviso de retorno, fax, telegrama colacionado o cualquier otro medio idóneo que diere certeza de su efectivo cumplimiento.

Este convenio comenzará a regir a partir de la fecha de la firma del mismo. Para constancia se firmas dos ejemplares del mismo tenor en el lugar y fecha indicados en la comparecencia.

Objetivos

  • Actualizar los indicadores de resultados que presenta el Mirador DESCA en base al nuevo Censo Nacional 2023.
  • Planificar y realizar una capacitación en el uso del Mirador DESCA dirigida a la sociedad civil en el marco de los informes al Comité DESC.
  • Editar el informe #7 del Mirador DESCA sobre el Derecho a un Ambiente Sano.

Período

Fecha de inicio: 24/06/2025

Fecha final: 24/01/2026

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