Equipo de referencia temático

Infancia

El grupo de trabajo Medicalización y Patologización de las Infancias y Adolescencias está integrado con representantes de organismos del Estado y de la sociedad civil. Por el Estado fueron invitados ANEP, INAU, ASSE, MSP; por la sociedad civil se convocó al Comité de los Derechos del Niño/a y El Paso, y por la Academia a las facultades de Medicina, Ciencias Sociales y Psicología. Los/as integrantes invitados/ as representaron no solo a las instituciones mencionadas, sino también al abanico de disciplinas que abordan la temática (medicina, ciencias sociales, ciencias políticas, psicología, pedagogía).

La medicalización y patologización de su sufrimiento es un paradigma, un fenómeno social y una práctica que se da en todos los estratos y ámbitos que habitan, pero que en contextos de desigualdad extrema profundizan la exclusión social, y se constituyen en una realidad de vida para las infancias y adolescencias. Se agudiza y complejiza cuando se articula con situaciones de violencia intrafamiliar y violencia sexual de mediano y alto riesgo.

Se entiende por medicalización el proceso por el cual las cuestiones de la vida social —complejas, multifactoriales y marcadas por la cultura y por el contexto histórico— son reducidas a un tipo de racionalidad que vincula artificialmente las dificultades de adaptación a las normas sociales a determinismos orgánicos que se expresarían como enfermedades del individuo.

Es decir, que problemas no-médicos pasan a ser definidos y tratados como problemas médicos, ya sea bajo la forma de enfermedades o de desórdenes.

Objetivos:
• Conocer el estado de la situación del abordaje en salud mental de infancias y adolescencias en Uruguay desde una perspectiva de derechos.

Objetivos específicos:

  1. Realizar un informe que contenga la información relevada e investigada acerca del tema patologización y medicalización de las infancias y adolescencias, desde el punto de vista social, psicológico, médico y jurídico en el área de salud mental.
  2. Generar un plan de trabajo que contenga estrategias de difusión y visibilización de la temática planteada.

 

Normativa:

Según el artículo 66 de la Ley 18.446 la INDDHH puede crear y presidir grupos de trabajo en áreas temáticas específicas, los que se integran también con representantes de organizaciones sociales y de organismos o instituciones estatales o de objeto del contralor de la INDDHH.