Trámites
Inscripción en el plan de reconstrucción de veredas - Florida
https://www.gub.uy/tramites/inscripcion-plan-reconstruccion-veredas-floridaEl trámite de inscripción permite a los vecinos del departamento de Florida acceder al plan de reconstrucción de veredas, el cual busca mejorar la transitabilidad y la inclusión mediante la construcción de veredas y sendas apropiadas para no videntes.
Instructivos vivienda económica - Florida
https://www.gub.uy/tramites/instructivos-vivienda-economica-floridaVivienda económica sin firma técnica particular.
Libreta de conducir moto primera vez - Florida
https://www.gub.uy/tramites/libreta-conducir-moto-primera-vez-floridaEs el trámite por el cual se solicita la licencia que habilita a conducir motos, en las categorías: 3; G1; G2 o G3.
Libreta de conducir moto renovación - Florida
https://www.gub.uy/tramites/libreta-conducir-moto-renovacion-floridaEs el trámite por el cual se solicita la renovación de la licencia que habilita a conducir motos, en las categorías: G1; G2 o G3.
Libreta de conducir – Automotores primera vez - Florida
https://www.gub.uy/tramites/libreta-conducir-automotores-primera-vez-floridaEs el trámite por el cual se solicita la licencia que habilita a conducir vehículos.
- CATEGORIA A
- Habilita a conducir vehículos de hasta 9 pasajeros (incluido el conductor), camionetas y vehículos con remolque, con un peso máximo total de hasta 4000 kg.
- Edad mínima 18 años. No se requiere antigüedad en otra licencia.
- CATEGORIA B
- Habilita a conducir vehículos de hasta 18 pasajeros y camiones cuyo peso total (tara más carga máxima autorizada) no exceda de 7.000 kg pudiendo llevar remolque que no sobrepase los 1.500 kg.
- Edad mínima 18 años. No se requiere antigüedad en otra licencia.
- El examen práctico deberá rendirse con vehículos que excedan los límites de la categoría A.-
- CATEGORIA C
- Habilita a conducir vehículos de hasta 18 pasajeros y camiones simples, pudiendo llevar remolque que no sobrepase los 1.500 kg.
- Edad mínima 19 años. Se requiere 1 año de antigüedad en otra (excepto licencia categoría G). El examen práctico será tomado con camiones que excedan los límites de la categoría B.-
- CATEGORIA D
- Habilita a conducir vehículos de hasta 18 pasajeros y camiones sin límite de carga.
- Edad mínima 21 años. Se requiere 3 años de antigüedad en otra licencia (excepto licencia categoría G).
- El examen práctico será tomado con camiones con acoplado o tractores con semiremolque.
- CATEGORIA E
- Habilita a conducir taxímetros, vehículos de hasta 9 pasajeros (incluido el conductor), camionetas y vehículos con remolque, con un peso máximo total de hasta 4000 kg. Edad mínima 21 años. Se requiere 2 años de antigüedad en otra licencia (exceptuando licencia categoría G).
- CATEGORIA F
- Habilita a conducir micros, ómnibus y camionetas simples, pudiendo llevar remolque que no sobrepase los 1.500 kg.
- Edad mínima 23 años. Se requiere 3 años de antigüedad en otra licencia (exceptuando licencia categoría G).
- CATEGORIA H
- Habilita a conducir maquinaria vial, agrícola y afines.
- Edad mínima 18 años. No genera antigüedad para otras licencias.
- Examen médico: Categoría 2
- Examen teórico: Categoría 1
- Examen práctico: de acuerdo a la maquinaria
- También se podrá conducir maquinaria con licencias de otras categorías B, C, D y F.
- Para conducir vehículos oficiales el conductor deberá poseer una licencia habilitante para la categoría del vehículo que conduzca y una habilitación expedida por el Organismo Estatal en el que preste funciones.
- CATEGORIA A
Libreta de conducir – Automotores renovación - Florida
https://www.gub.uy/tramites/libreta-conducir-automotores-renovacion-floridaEs el trámite por el cual se solicita la renovación de la licencia que habilita a conducir automotores.
- CATEGORIA A
- Habilita a conducir vehículos de hasta 9 pasajeros (incluido el conductor), camionetas y vehículos con remolque, con un peso máximo total de hasta 4000 kg.
- Edad mínima 18 años. No se requiere antigüedad en otra licencia.
- CATEGORIA B
- Habilita a conducir vehículos de hasta 18 pasajeros y camiones cuyo peso total (tara más carga máxima autorizada) no exceda de 7.000 kg pudiendo llevar remolque que no sobrepase los 1.500 kg.
- Edad mínima 18 años. No se requiere antigüedad en otra licencia.
- El examen práctico deberá rendirse con vehículos que excedan los límites de la categoría A.
- CATEGORIA C
- Habilita a conducir vehículos de hasta 18 pasajeros y camiones simples, pudiendo llevar remolque que no sobrepase los 1.500 kg.
- Edad mínima 19 años. Se requiere 1 año de antigüedad en otra (excepto licencia categoría G). El examen práctico será tomado con camiones que excedan los límites de la categoría B.
- CATEGORIA D
- Habilita a conducir vehículos de hasta 18 pasajeros y camiones sin límite de carga.
- Edad mínima 21 años. Se requiere 3 años de antigüedad en otra licencia (excepto licencia categoría G).
- El examen práctico será tomado con camiones con acoplado o tractores con semi-remolque.
- CATEGORIA E
- Habilita a conducir taxímetros, vehículos de hasta 9 pasajeros (incluido el conductor), camionetas y vehículos con remolque, con un peso máximo total de hasta 4000 kg. Edad mínima 21 años. Se requiere 2 años de antigüedad en otra licencia (exceptuando licencia categoría G).
- CATEGORIA F
- Habilita a conducir micros, ómnibus y camionetas simples, pudiendo llevar remolque que no sobrepase los 1.500 kg.
- Edad mínima 23 años. Se requiere 3 años de antigüedad en otra licencia (exceptuando licencia categoría G).
- CATEGORIA H
- Habilita a conducir maquinaria vial, agrícola y afines.
- Edad mínima 18 años. No genera antigüedad para otras licencias.
- Examen médico: Categoría 2.
- Examen teórico: Categoría 1.
- Examen práctico: de acuerdo a la maquinaria.
- También se podrá conducir maquinaria con licencias de otras categorías B, C, D y F.
- Para conducir vehículos oficiales el conductor deberá poseer una licencia habilitante para la categoría del vehículo que conduzca y una habilitación expedida por el Organismo Estatal en el que preste funciones.
- CATEGORIA A
Liquidación impuesto por venta de semovientes (1%) -Florida
https://www.gub.uy/tramites/liquidacion-impuesto-venta-semovientes-1-floridaTributarán el impuesto creado por ley 12.700 de 4/02/1960, sus modificativas y concordantes, las ventas en remate público y actos asimilados, ley 15.903 artículo 606 y ley 15.586 art 75.
Liquidación impuesto por venta de semovientes (1%) -Florida
https://www.gub.uy/tramites/liquidacion-impuesto-venta-semovientes-1-florida-0Tributarán el impuesto creado por ley 12.700 de 4/02/1960, sus modificativas y concordantes, las ventas en remate público y actos asimilados, ley 15.903 artículo 606 y ley 15.586 art 75.
Numeración de puertas - Florida
https://www.gub.uy/tramites/numeracion-puertas-florida- Es la solicitud de la numeración de la construcción para su identificación.
Número de puerta - Florida
https://www.gub.uy/tramites/numero-puerta-floridaTrámite mediante el cual se realiza la adjudicación de número de puerta.