Resolución N° 176/021 MGAP Ampliación de la Declaración de Emergencia Agropecuaria incorporando departamentos y seccionales policiales

Amplíase la Declaración de Emergencia Agropecuaria efectuada originalmente por Resolución ministerial N° 1587/020, de 9 de diciembre de 2020 y ampliada por Resolución ministerial N° 1723/020, de 23 de diciembre de 2020 del mismo año, incorporando departamentos y seccionales policiales.

VISTO: la declaración de Emergencia Agropecuaria efectuada por Resolución ministerial N° 1587/020, de 9 de diciembre de 2020 y su ampliación dispuesta por Resolución ministerial N° 1723/020, de 23 de diciembre del mismo año;

RESULTANDO: I) por las citadas resoluciones se declaró y amplio la emergencia agropecuaria en los rubros ganadería y lechería, para los departamentos de Maldonado, Rocha, Lavalleja, Canelones, Artigas, Durazno, Rio Negro, Paysandú, Tacuarembó, Salto, Cerro Largo, Flores, Florida, Montevideo, Soriano y Treinta y Tres, abarcando las seccionales policiales allí indicadas en cada caso, a partir de la fecha de cada una las indicadas resoluciones;

II) el Sistema Nacional de Información Agropecuaria con fecha 14 de enero de 2021 remite informe sobre la situación agrometeorologica en Uruguay y sugiere incorporar a la declaración de emergencia agropecuaria para los rubros ganadería y lechería, a los departamentos y seccionales policiales que alii indica;

CONSIDERANDO: que, de la valoración realizada por técnicos de este Ministerio y la conformidad del Instituto Uruguayo de Meteorología (INUMET) y del Ministerio de Economía y Finanzas, se concluye que es conveniente la ampliación de áreas geográficas para la declaración de emergencia agropecuaria efectuada;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por el artículo 207 de la Ley N° 18.362, de 6 de octubre de 2008 y por lo artículos 1°, 3°, 4° y 5° del Decreto N° 829/008, de 24 de diciembre de 2008;

EL MINISTRO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA

RESUELVE:

1°) Amplíase la Declaración de Emergencia Agropecuaria efectuada originalmente por Resolución ministerial N° 1587/020, de 9 de diciembre de 2020 y ampliada por Resolución ministerial N° 1723/020, de 23 de diciembre de 2020 del mismo año, incorporando en los departamentos siguientes, las siguientes seccionales policiales: Canelones: 1a, 2a, 3a, 4ª, 5a, 11a, 12a, 15a, 19a y 30; Cerro Largo: 3a y 16a; Durazno: 4a, 6a, 7a y 10a, Flores: 1a, 4a,'5a, 6a, 7a, 8a y 9a; Florida: 1a, 3a, 4a, 5a,T , 8a, 9a, 10a, 13a, 15 a y 16a; Lavalleja: 9a y 10a; Montevideo: 1a, 2a, 3a, 4a, 5a, 6a, 7a, 8a, 9a, 10a, 11a, 12a, 13a, 15a, 19a, 20a, 22a, 23a y 24a; Rocha: 3a, 5a, 6a y 9a; Soriano: 1a, 2a, 3a, 4a, 6a, 8a, 10a y 11a y Treinta y Tres: 1a y 7a.

2°) Incorpóranse en la Declaración de Emergencia Agropecuaria relacionada precedentemente, en los rubros ganadería y lechería, los siguientes departamentos y seccionales policiales: Colonia: 1a, 2a, 5a, 6a, 7 a, 8a, 13a, 14a, 15a, 16a, 17a y 18a y San Jose: 1a, 2a, 3a, 4a, 5a, 6a, 7a, 8a, 9a, 10a y 11a.

3°) Por la División Administracion General dese cuenta a la Comisión de Emergencias Agropecuarias y publíquese en la página Web de este Ministerio.

4°) Publíquese en el Diario Oficial.

Cumplido, archívese.

 

Ing. Agr. Carlos María Uriarte

Ministro de

Ganadería, Agricultura y Pesca

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