Trámites

  • Repatriación de uruguayos que se encuentran en el exterior

    https://www.gub.uy/tramites/repatriacion-uruguayos-se-encuentran-exterior

    De acuerdo a lo establecido en el artículo 120 de la ley 18.996, el repatrio "... es el beneficio que el Estado, a través del Ministerio de Relaciones Exteriores, concede a todo nacional o ciudadano legal uruguayo, para que por razones debidamente justificadas de enfermedad, situación de vulnerabilidad social, violencia basada en género, incluyendo las víctimas de trata de personas y violencia doméstica, u otros motivos graves que impidan al individuo regresar por sus propios medios, retornen al territorio de la República desde cualquier Estado o territorio extranjero donde resida en forma transitoria o definitiva.

    El repatrio, si así fuera solicitado, incluirá al núcleo familiar del solicitante, independientemente de la nacionalidad de los integrantes del mismo. También se considera repatrio, el regreso de los restos de los nacionales en el exterior. El repatrio de personas y de restos se concederá cuando se compruebe fehacientemente la imposibilidad de pago de los interesados."

    • La persona repatriada debe presentarse en la Oficina de Asistencia al Compatriota, antes de transcurridos cinco días de haber regresado al país, a efectos de recibir información sobre las posibles prestaciones del Estado ante el retorno del/la compatriota.

     

  • Retorno de uruguayos y bienvenida

    https://www.gub.uy/tramites/retorno-uruguayos-bienvenida

    Se entiende por retorno al proceso por el cual un compatriota que vive en el exterior decide venir a Uruguay para residir en forma definitiva, acompañado de su familia y trayendo consigo los bienes que la normativa le autoriza a ingresar.

    Para que se considere un retorno y pueda acceder a los beneficios correspondientes deberá cumplir con lo que establece la normativa vigente: la Ley 18.250 y sus modificativas, y el Decreto Reglamentario 330/08.

    Los compatriotas que retornan, si han cumplido con dos años como mínimo de residencia en el exterior, pueden solicitar ante la Oficina de Retorno y Bienvenida, los beneficios derivados de convenios que el MRREE ha firmado con otras entidades públicas.

    Los convenios cubren áreas como la salud (ASSE), comunicaciones (ANTEL) y garantía de alquiler (MVOTMA).

    Los beneficios se brindan por única vez y dentro de los plazos que cada organismo o institución establece, no superando en ningún caso, el año desde la fecha de arribo del compatriota al país.

    El objetivo de estos beneficios es dar una ayuda puntual al momento del retorno, de manera de facilitar la inserción anteriormente mencionada, y no de proveer una asistencia permanente a largo plazo.

    Los retornados al Uruguay, en el marco del presente trámite pueden solicitar:

    • El carné de asistencia médica de ASSE.
    • La garantía de alquiler del Ministerio de Vivienda Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente - MVOTMA.
    • Dentro de los beneficios brindados por ANTEL, se detallan:
      • Servicio de telefonía fija: un servicio telefónico con exoneración de la tarifa de conexión, exoneración de depósito reembolsable o bloqueo para llamadas salientes gratis, y exoneración por 6 meses de cargo fijo mensual.
      • Servicio de Internet: un servicio de Internet Universal Hogares prepago con exoneración de la tarifa de conexión.
      • Servicio móvil prepago: precarga de $500 en un prepago no Kit, la cual tiene una vigencia de 120 días hábiles, el chip sin costo para el cliente y 10% de descuento para la compra del equipo, dentro de los disponibles para la venta prepago.
    • Por otra parte, los retornados se podrán beneficiar de cursos de capacitación en instituciones tales como INEFOP y FLACSO.
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  • Solicitud de autorización para realizar investigación en el archivo Histórico - Diplomático

    https://www.gub.uy/tramites/solicitud-autorizacion-realizar-investigacion-archivo-historico-diplomatico

    Para consulta de documentación con el fin de realizar una investigación en el Archivo Histórico Diplomático, el usuario deberá presentar una solicitud ante la Dirección del Instituto Artigas del Servicio Exterior, debiendo acreditar e indicar cuáles son los motivos de la consulta, así como el tema de su investigación y las fechas extremas que abarca la misma.

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  • Solicitud de declaración de auspicio

    https://www.gub.uy/tramites/solicitud-declaracion-auspicio

    Los organizadores y promotores de diferentes actividades, eventos o iniciativas cuyos objetivos estén alineados con los cometidos del Ministerio de Relaciones Exteriores en lo relativo a temas culturales podrán solicitar la Declaración de Auspicio.

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  • Solicitud de Declaración de Interés Ministerial

    https://www.gub.uy/tramites/solicitud-declaracion-interes-ministerial-0

    Los organizadores y promotores de diferentes actividades, eventos o iniciativas cuyos objetivos estén alineados con los cometidos del Ministerio de Relaciones Exteriores en lo relativo a temas culturales podrán solicitar la Declaración de Interés Ministerial.

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  • Solicitud de investigación o consulta ante el Archivo Administrativo

    https://www.gub.uy/tramites/solicitud-investigacion-consulta-archivo-administrativo

    Consiste en la consulta de información o solicitud de investigar en la documentación conservada por el Archivo Administrativo. El trámite está dirigido a estudiantes, investigadores, instituciones y público en general.

    Una vez evaluado el tipo de solicitud y si la información se encuentra disponible, la misma podrá ser proporcionada vía correo electrónico o de manera presencial, dependiendo de su naturaleza.

    En el caso de tratarse de información sensible o reservada, se informará de acuerdo a lo que corresponda tomando en cuenta la normativa vigente.

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  • Solicitud de pasaporte común y renovación de cédula desde el exterior

    https://www.gub.uy/tramites/solicitud-pasaporte-comun-renovacion-cedula-exterior

    Es la solicitud por la cual se gestiona la emisión de pasaportes comunes y la renovación de cédula a uruguayos que se encuentren en el exterior.

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  • Solicitud de reunificación familiar

    https://www.gub.uy/tramites/solicitud-reunificacion-familiar

    Permite mantener la unidad de la familia (hijos menores de edad) de migrantes residentes permanentes en el país, acreditando que disponen de los medios económicos necesarios para mantener a los reagrupados.

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  • Tramitar permiso de menor en y para el exterior

    https://www.gub.uy/tramites/tramitar-permiso-menor-exterior

    Documento que se expide en el Consulado Uruguayo en el exterior o en la República -ya sea en el Ministerio de Relaciones Exteriores o en la Dirección Nacional de Migración, según corresponda- donde figura la autorización de él/los padres residentes en el extranjero para que el menor viaje o se le expida un pasaporte.

    Comprende aquellos casos en los que un menor de edad se encuentra en el país y uno o ambos padres se encuentran en el exterior (Caso A), o los padres se encuentren en territorio uruguayo y el menor en el exterior (Caso B).

    Si ambos padres y el menor se encuentran en territorio uruguayo, el permiso de menor deberá ser tramitado en la Dirección Nacional de Migración (para viajar) o en la Dirección Nacional de Identificación Civil (para tramitar pasaporte) según corresponda.

  • Vacaciones y trabajo en Australia

    https://www.gub.uy/tramites/vacaciones-trabajo-australia

    Es la Carta de Apoyo Gubernamental exigida por Australia en el trámite de solicitud de visa en el marco del Acuerdo de Vacaciones y Trabajo.


    El acuerdo establece un programa que tiene por objetivo promover el intercambio de experiencias y de conocimiento entre jóvenes universitarios de ambos países. El mismo permite a los viajeros, de entre 18 y 31 años, permanecer por un plazo de un año con fines turísticos, pudiendo realizar actividades remuneradas durante ese período.


    El programa prevé 200 cupos por año.

    ACLARACIÓN: la República Oriental del Uruguay y la Mancomunidad de Australia acordaron que desde el 1° de julio de 2022 no se exigirá más la presentación de la Carta de Apoyo Gubernamental para aspirar a las visas de vacaciones y trabajo del programa bilateral en la materia. Además, se acordó que desde la fecha indicada se ampliará el cupo a un máximo de 1.500 visas de vacaciones y trabajo anuales (año contemplado desde 1° de julio a 30 de junio).
     

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