Ajuste enero 2015
ACTA: En la ciudad de Montevideo, el día 15 enero de 2015, reunido el Consejo de Salarios del Grupo 12 subgrupo 03 "Otros Establecimientos de Alojamiento: Pensiones", integrado por REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES: Sres. Fernanda Aguirre, Oscar Andino y Jorge González; REPRESENTANTES EMPRESARIALES: Dr. Raúl Damonte y Sres. Daniel Fernández y José Luis González y REPRESENTANTES DEL PODER EJECUTIVO: Dras. Virginia Sequeira y Virginia Falero Y HACEN CONSTAR:
PRIMERO: Se procede a fijar el porcentaje de aumento a regir a partir del 1º de enero de 2015 y hasta el 30 de junio de 2015, de acuerdo con lo establecido en las cláusulas PRIMERA, QUINTA Y SEXTA del Convenio Colectivo de fecha 13 de noviembre de 2012.
SEGUNDO: El porcentaje de aumento salarial que regirá a partir del 1º de enero de 2015 para aquellos trabajadores que perciben el salario mínimo de su respectiva categoría o hasta un 35% por encima del mismo es el 3,78% (2,5% por concepto de inflación proyectada x 1,25% por concepto de crecimiento).
Por tanto, los salarios mínimos a partir del 1º de enero de 2015 son los siguientes:
CATEGORIAS SALARIO
Peón General o Limpiador $11420
Sereno $12005
Encargado $13045
TERCERO: Aquellos trabajadores que al 31 de diciembre de 2014 perciban remuneraciones nominales por encima del 35 % de los salarios mínimos nominales mensuales vigentes a esa fecha, verán incrementados sus salarios en % 3,53 % (2,5 % por concepto de inflación proyectada x 1% por concepto de crecimiento).
Leída que fue la presente, se ratifica la misma y se firman siete ejemplares de un mismo tenor en el lugar y fecha arriba indicados.