Ajuste enero 2015
ACTA- En la ciudad de Montevideo, el día 15 de enero de 2015, reunido el Consejo de Salarios del Grupo Nro. 12 "Hoteles, Restoranes y Bares" Subgrupo 05 "Cadenas de Comidas", integrado por: Delegados del Poder Ejecutivo: Dras. Virginia Sequeira y Virginia Falero, Delegados Empresariales: Sres. Daniel Fernández, José Luis González, Dr. Raúl Damonte y Delegados de los Trabajadores: Sres. Fernanda Aguirre y Jorge González .
HACEN CONSTAR QUE:
PRIMERO: Se procede a fijar el porcentaje de incremento a regir a partir del 1° de enero de 2015 y hasta el 30 de junio de 2015, de acuerdo con lo establecido en las cláusulas PRIMERA, QUINTA y SEXTA del Convenio Colectivo de fecha 13 de noviembre de 2012.
SEGUNDO: El porcentaje de aumento salarial que regirá a partir del 1° de enero de 2015 para aquellos trabajadores que perciben el salario mínimos de su respectiva categoría o hasta un 35% por encima del mismo es de 3,78% (2,5 % por concepto de inflación proyectada x 1,25 % por concepto de crecimiento).
TERCERO: Por consiguiente los salarios mínimos por categoría para el Grupo Nro. 12 Subgrupo Nro. 05 con vigencia desde el 1° de enero de 2015:
CATEGORIA SALARIO
Auxiliar a Prueba $ 11414
Auxiliar $ 12779
Entrenador $ 13105
Coordinador de Área $ 14117
Coordinador de Turno $ 16469
Oficial de Mantenimiento $ 14115
CUARTO: Aquellos trabajadores que al 31 de diciembre de 2014 perciban remuneraciones nominales por encima del 35% de los salarios mínimos nominales mensuales vigente a esa fecha , los mismos verán incrementados sus salarios en 3,53% (2,5% por concepto de inflación proyectada x 1% por concepto de crecimiento).
Leída que fue la presente, se ratifica la misma y se firman cuatro ejemplares de un mismo tenor en el lugar y fecha arriba indicados