Ajuste Enero 2016
ACTA- En la ciudad de Montevideo, el día 14 de enero de 2016, reunido el Consejo de Salarios del Grupo 12 “Hoteles, Restoranes y Bares”, Subgrupo 08 “Rotiserias”, constituido por la Delegada del Poder Ejecutivo: Dra. Virginia Sequeira; Por el sector empresarial: Sr. José Luis González; y por el sector de los trabajadores: Sres. Jorge González y Fernanda Aguirre y la Dra. Lilián Salsamendi en calidad de asesora,
HACEN CONSTAR QUE:
PRIMERO: Se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al segundo ajuste salarial del mes de enero de 2016, en aplicación de lo dispuesto en el Acuerdo de Consejo de Salarios suscrito en el día de la fecha.
SEGUNDO: En virtud de lo establecido en las cláusula cuarta del referido convenio colectivo, el porcentaje de aumento salarial que regirá partir del 1º de enero de 2016 es el siguiente:
A) PARA LOS TRABAJADORES QUE PERCIBEN LOS SALARIOS NOMINALES MÍNIMOS Y HASTA UN 40% POR ENCIMA DE LOS MISMOS: 8,60%.
B) PARA LOS TRABAJADORES QUE PERCIBEN SALARIOS NOMINALES SUPERIORES AL 40% POR ENCIMA DE LOS MÍNIMOS: 4,5%.
Los aumentos establecidos en ésta cláusula se calcularán sobre los salarios nominales vigentes al 31 de diciembre de 2015.
TERCERO: Por consiguiente los salarios mínimos nominales por categoría para el Grupo Nº 12 Subgrupo 08 con vigencia desde el 1º de enero de 2016 son los siguientes:
CATEGORÍAS SALARIO
De partida (cocinero) $18.223
Vendedor/a $15.132
Empaquetador /a $14.401
Repartidor/ mandadero $14.401
Chofer $18.223
Expedicionista $15.153
Encargado de Rotisería $20.781
Encargado de depósito $18.223
Sandwichero $18.223
Limpiador/a $14.401
Cajero $17.806
En el lugar y fecha arriba indicados, se firma en seis ejemplares de un mismo tenor.