Ajustes enero 2009
ACTA- En la ciudad de Montevideo, el día 2 de enero de 2008 , reunido el Consejo de salarios del Grupo Nro 12 "Hoteles, Restoranes y Bares", Subgrupo Nro 03 "Otros Establecimientos de Alojamiento: Pensiones", integrado por : Delegados del Poder Ejecutivo: Lic. Fausto Lancellotti y Dras. Virginia Sequeira y Virginia Falero, Delegados Empresariales: Sres. Daniel Fernández y Ledo Silva y Cr. Fernando Mier y Delegados de los Trabajadores : Sr. Rodolfo Ferreira. HACEN CONSTAR QUE:
PRIMERO: Se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al segundo ajuste salarial, en aplicación de lo dispuesto en el Convenio Colectivo suscripto con fecha 6 de noviembre de 2008.
SEGUNDO: En virtud de lo establecido en la cláusula quinta del referido convenio, el porcentaje de aumento salarial que regirá a partir del 1 de enero de 2009 es : 5,58 % (1,025 por concepto de inflación esperada para el período 1/1/09 al 30/6/09 x 1,005 por concepto de crecimiento real de base x 1,025 por concepto de crecimiento según el desempeño del sector).
TERCERO: Por consiguiente los salarios mínimos por categoría para el Subgrupo Nro 03 "Otros Establecimientos de Alojamiento: Pensiones" con vigencia desde el 1 de enero de 2009:
CATEGORIAS SALARIOPeon General o Limpiador $5.773Sereno $6.068Encargado $6.594,5
Leída que fue la presente, se ratifica la misma y se firman cuatro ejemplares de un mismo tenor en el lugar y fecha arriba indicados