Ajustes Enero 2013

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ACTA : En la ciudad de Montevideo, el día 16 de enero de 2013 , reunido el Consejo de Salarios del Grupo 12 subgrupo 03.1 " HOTELES DE ALTA ROTATIVIDAD ", integrado por REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES : Sra. Fernanda Aguirre y Jorge González y el Dr. Rodolfo Ferreira. REPRESENTAES EMPRESARIALES : Sres. Marcelo Lavoreiro, César López y Julio César Sardeña y el Cdor Fernando Mier. REPRESENTANTES DEL PODER EJECUTIVO : Lic. Fausto Lancellotti y Dra. Virginia Falero Y HACEN CONSTAR :

PRIMERO: Se procede a fijar el porcentaje de aumento a regir a partir del 1º de enero de 2013 y hasta el 30 de junio de 2013 , establecido en el Convenio Colectivo de fecha 11 de noviembre de 2010 cláusula cuarta , siendo el incremento de 4,55 % ( 1,025 de inflación esperada, 1,02 de incremento).

SEGUNDO:Por tanto, los salarios mínimos a partir del 1º de enero de 2013 son:

 

PARA AQUELLOS QUE PERCIBEN EL SALARIO MÍNIMO:

 

CATEGORIAS       SALARIO

 

Pistero    $ 9424

Garagista $ 9424

Mucama   $ 9424

Mucama c/ limpieza  $ 9424

Jardinero   $ 9424

Lavandera  $ 9424

Planchadora  $ 9424

Limpiadora   $ 9424

Mozo c/ limpieza  $ 10365

Mantenimiento $ 10365

Auxiliar Administrativo $ 11402

Telefonista $ 11402

Encargado   $ 12536

Tenedor de Libros  $ 12536

 

Para aquellos trabajadores que percibían al 31 de diciembre de 2012 un salario nominal un 20 % por encima del salario mínimo recibirán un aumento correspondiente al 4 % ( 1,025 por inflación esperada , 1,015 por concepto de incremento) sobre sus remuneraciones mensuales nominales.

Leída que les fue se firma.

 

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