Ajustes Enero 2013
ACTA : En la ciudad de Montevideo, el día 16 de enero de 2013 , reunido el Consejo de Salarios del Grupo 12 subgrupo 03.1 " HOTELES DE ALTA ROTATIVIDAD ", integrado por REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES : Sra. Fernanda Aguirre y Jorge González y el Dr. Rodolfo Ferreira. REPRESENTAES EMPRESARIALES : Sres. Marcelo Lavoreiro, César López y Julio César Sardeña y el Cdor Fernando Mier. REPRESENTANTES DEL PODER EJECUTIVO : Lic. Fausto Lancellotti y Dra. Virginia Falero Y HACEN CONSTAR :
PRIMERO: Se procede a fijar el porcentaje de aumento a regir a partir del 1º de enero de 2013 y hasta el 30 de junio de 2013 , establecido en el Convenio Colectivo de fecha 11 de noviembre de 2010 cláusula cuarta , siendo el incremento de 4,55 % ( 1,025 de inflación esperada, 1,02 de incremento).
SEGUNDO:Por tanto, los salarios mínimos a partir del 1º de enero de 2013 son:
PARA AQUELLOS QUE PERCIBEN EL SALARIO MÍNIMO:
CATEGORIAS SALARIO
Pistero $ 9424
Garagista $ 9424
Mucama $ 9424
Mucama c/ limpieza $ 9424
Jardinero $ 9424
Lavandera $ 9424
Planchadora $ 9424
Limpiadora $ 9424
Mozo c/ limpieza $ 10365
Mantenimiento $ 10365
Auxiliar Administrativo $ 11402
Telefonista $ 11402
Encargado $ 12536
Tenedor de Libros $ 12536
Para aquellos trabajadores que percibían al 31 de diciembre de 2012 un salario nominal un 20 % por encima del salario mínimo recibirán un aumento correspondiente al 4 % ( 1,025 por inflación esperada , 1,015 por concepto de incremento) sobre sus remuneraciones mensuales nominales.
Leída que les fue se firma.