Ajustes Enero 2013

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ACTA- En la ciudad de Montevideo, el día 16 de enero de 2013, reunido el Consejo de Salarios del Grupo Nro. 12 "Hoteles, Restoranes y Bares" Subgrupo 05 "Cadenas de Comidas", integrado por: Delegados del Poder Ejecutivo: Lic. Fausto Lancellotti y Dra. Virginia Falero, Delegados Empresariales: Sres. Daniel Fernández, José Luis Gonzlález, Dr. Raúl Damonte y Cdor. Fernando Mier y Delegados de los Trabajadores: Sres. Fernanda Aguirre , Jorge González y el Dr. Rodolfo Ferreira.

HACEN CONSTAR QUE:

PRIMERO: Se procede a fijar el porcentaje de incremento en aplicación de lo dispuesto por el Convenio Colectivo de fecha 13 de noviembre de 2013.

SEGUNDO: En virtud de lo establecido en la cláusula CUARTA , el porcentaje de aumento salarial que regirá a partir del 1 de enero de 2012 es : 3,01 % ( 2,5 % por concepto de inflación esperada , 0,5 % por concepto de recuperación ).

TERCERO: Por consiguiente los salarios mínimos por categoría para el Grupo Nro 12 Subgrupo Nro. 05 con vigencia desde el 1 de enero de 2013:

CATEGORIA                   SALARIO

Auxiliar a Prueba          $ 9201

Auxiliar                         $ 10301

Entrenador                     $ 10564

Coordinador de Área     $ 11379

Coordinador de Turno   $ 13275

Oficial de Mantenimiento  $ 11378

CUARTO: aquellos trabajadores que al 31 de diciembre de 2012  perciban remuneraciones nominales  hasta el 35 % por encima de los salarios mínimos nominales mensuales vigente a esa fecha , los mismos verán incrementados sus salarios en 3,01 %.

QUINTO: para el caso de aquellos trabajadores que al 31 de diciembre de 2012  perciban remuneraciones nominales por encima del 35 % de los salarios mínimos nominales mensuales vigente a esa fecha , los mismos verán incrementados sus salarios en 2,5 %.

 

Leída que fue la presente, se ratifica la misma y se firman cuatro ejemplares de un mismo tenor en el lugar y fecha arriba indicados

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