Ajustes julio 2009
ACTA- En la ciudad de Montevideo, el día 16 de julio de 2009 , reunido el Consejo de salarios del Grupo Nro. 12 "Hoteles, Restoranes y Bares" Subgrupo 04 "Restoranes, Parrilladas y Cantinas" integrado por: Delegados del Poder Ejecutiva: Lic. Fausto Lancellotti y Dras. Virginia Sequeira y Virginia Falero, Delegados Empresariales: Sres. Daniel Fernández, José Luis González,Ledo Silva y Cr. Fernando Mier y Delegados de los Trabajadores: Sr. Fernanda Aguirre y Rodolfo Ferreira.
HACEN CONSTAR QUE:
PRIMERO: Se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al segundo ajuste salarial, en aplicación de lo dispuesto en el Convenio Colectivo suscripto con fecha 6 de noviembre de 2008.
SEGUNDO: En virtud de lo establecido en la cláusula quinta y sexta del referido convenio, el porcentaje de aumento salarial que regirá a partir del 1 de julio de 2009 es : 6,81 % (1,0116 por concepto de correctivo x 1,025% por concepto de inflación esperada para el período 1/7/09 al 31/12/09 x 1,005 por concepto de crecimiento real de base x 1,025 por concepto de crecimiento según el desempeño del sector).
TERCERO: Por consiguiente los salarios mínimos por categoría para el Grupo Nro. 12 Subgrupo 04 con vigencia desde el 1 de julio de 2009:
CATEGORIA SALARIO
Ayudante de Gambusero $ 6167
Peon general de cocina $6481
Mozo de barra o mostrador $6481
Gambusero $6908
Sereno Limpiador $6481
Comis de Mozo $6167
Auxiliar Administrativo $6481
Adicionista y/o Cajero $7623
Barman $7623
Mozo de Salón $6908
Ayudante de Cocina $6908
Maitre de hotel $7801
de partida ( Cocineros, $7801
Parrillero, Repostero)
Jefe de Cocina $8896
CUARTO: Sin perjuicio de los salarios mínimos nominales establecidos en la presente acta y de acuerdo a lo indicado en las cláusula quinta y sexta del convenio colectivo suscripto con fecha 6 de noviembre de 2008, ningún trabajador del sector podrá percibir un aumento salarial inferior al 6,81 % sobre sus remuneraciones nominales vigentes al 30 de junio de 2009.-
Leída que fue la presente, se ratifica la misma y se firman cinco ejemplares de un mismo tenor en el lugar y fecha arriba indicados