Ajustes Julio 2011
ACTA- En la ciudad de Montevideo, el día 4 de julio de 2011, reunido el Consejo de Salarios del Grupo Nro. 12 "Hoteles, Restoranes y Bares" Subgrupo 05 "Cadenas de Comidas", integrado por: Delegados del Poder Ejecutivo: Lic. Fausto Lancellotti y Dra. Virginia Falero, Delegados Empresariales: Sres. Daniel Fernández, y Dr. Daniel Desiano y Delegados de los Trabajadores: Sres. Fernanda Aguirre y Jorge González y el Dr. Rodolfo Ferreira.
HACEN CONSTAR QUE:
PRIMERO: Se procede a fijar el porcentaje de incremento en aplicación de lo dispuesto por el Acta de Votación de fecha 24 de enero de 2011.
SEGUNDO: En virtud de lo establecido en la cláusula primera literal C de dicha acta, el porcentaje de aumento salarial que regirá a partir del 1 de julio de 2011 es : 4,55 % ( 2,5 por concepto de inflación esperada y 2 por concepto de recuperación ( 1,025 x 1,02 ).
TERCERO: Por consiguiente los salarios mínimos por categoría para el Grupo Nro 12 Subgrupo Nro. 05 con vigencia desde el 1 de julio de 2011:
CATEGORIA SALARIO
Auxiliar a Prueba $ 7989
Auxiliar $ 8944
Entrenador $ 9173
Coordinador de Area $ 9881
Coordinnador de Turno $ 11527
Oficial de Mantenimiento $ 9880
CUARTO:de acuerdo a la cláusula primera , literal D , por aplicación del criterio de territorialidad , ningún trabajador podrá percibir una remuneración inferior al salario mínimo nominal de la categoría menor de este subgrupo.
Leída que fue la presente, se ratifica la misma y se firman cuatro ejemplares de un mismo tenor en el lugar y fecha arriba indicados