Ajustes Julio 2011

ACTA- En la ciudad de Montevideo, el día 4 de julio de 2011, reunido el Consejo de Salarios del Grupo Nro. 12 "Hoteles, Restoranes y Bares" Subgrupo 05 "Cadenas de Comidas", integrado por: Delegados del Poder Ejecutivo: Lic. Fausto Lancellotti y Dra. Virginia Falero, Delegados Empresariales: Sres. Daniel Fernández, y Dr. Daniel Desiano y Delegados de los Trabajadores: Sres. Fernanda Aguirre y Jorge González y el Dr. Rodolfo Ferreira.

HACEN CONSTAR QUE:  

PRIMERO: Se procede a fijar el porcentaje de incremento en aplicación de lo dispuesto por el Acta de Votación de fecha 24 de enero de 2011.

SEGUNDO: En virtud de lo establecido en la cláusula primera literal C de dicha acta, el porcentaje de aumento salarial que regirá a partir del 1 de julio de 2011 es : 4,55 % ( 2,5 por concepto de inflación esperada y 2 por concepto de recuperación ( 1,025 x 1,02 ).

TERCERO: Por consiguiente los salarios mínimos por categoría para el Grupo Nro 12 Subgrupo Nro. 05 con vigencia desde el 1 de julio de 2011:

CATEGORIA SALARIO

Auxiliar a Prueba $ 7989

Auxiliar $ 8944

Entrenador $ 9173

Coordinador de Area $ 9881

Coordinnador de Turno $ 11527

Oficial de Mantenimiento $ 9880

CUARTO:de acuerdo a la cláusula primera , literal D , por aplicación del criterio de territorialidad , ningún trabajador podrá percibir una remuneración inferior al salario mínimo nominal de la categoría menor de este subgrupo.

Leída que fue la presente, se ratifica la misma y se firman cuatro ejemplares de un mismo tenor en el lugar y fecha arriba indicados

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