Ajustes Julio 2013
ACTA- En la ciudad de Montevideo, el día 17 de julio de 2013, reunido el Consejo de Salarios del Grupo Nro. 12 "Hoteles, Restoranes y Bares" Subgrupo 04 "Restoranes, Parrilladas y Cantinas" integrado por: Delegados del Poder Ejecutivo: Dras. Virginia Sequeira y Virginia Falero; Delegados Empresariales: los Sres. Daniel Fernández, José Luis González , Dr. Raúl Damonte y el Cr. Fernando Mier y Delegados de los Trabajadores: Sra. Fernanda Aguirre, Sr. Jorge González y el Dr. Rodolfo Ferreira.
HACEN CONSTAR QUE:
PRIMERO: se procede a fijar el porcentaje del tercer ajuste salarial, incremento vigente a partir del 1 de julio de 2013 y hasta el 31 de diciembre de 2013, en aplicación a lo dispuesto en el Convenio Colectivo suscrito el 13 de noviembre de 2012.
SEGUNDO: Por tanto, se fija el ajuste salarial en 7,16 % derivado de 2,5% por concepto de inflación proyectada, 1,5 % por concepto de crecimiento y 3 % en concepto de correctivo.
TERCERO: Por consiguiente los salarios mínimos por categoría para el Grupo Nro. 12 Subgrupo 04 con vigencia desde el 1 de julio de 2013 son los siguientes:
CATEGORIA SALARIO
Ayudante de Gambusero $ 10064
Peón general de cocina $ 10578
Mozo de barra o mostrador $ 10578
Gambusero $ 11274
Sereno Limpiador $ 10578
Comis de Mozo $ 10064
Auxiliar Administrativo $ 10578
Adicionista y/o Cajero $ 12440
Barman $ 12440
Mozo de Salón $ 11274
Ayudante de Cocina $ 11274
Maitre de hotel $ 12731
De partida (Cocinero, $ 12731
Parrillero, Repostero)
Jefe de Cocina $ 14518
CUARTO: Aquellos trabajadores que al 30 de junio de 2013 perciban remuneraciones nominales hasta un 35 % por encima de los salarios mínimos nominales mensuales vigente a esa fecha , los mismos verán incrementados sus salarios en 7,16%.
QUINTO: Para el caso de aquellos trabajadores que al 30 de junio de 2013 perciban remuneraciones nominales por encima del 35 % de los salarios mínimos nominales mensuales vigente a esa fecha , los mismos verán incrementados sus salarios en 6,63 % ( 2,5 % inflación proyectada, 1% por crecimiento y 3 % por correctivo).
Leída que fue la presente, se ratifica la misma y se firman cinco ejemplares de un mismo tenor en el lugar y fecha arriba indicados