Empresas de transporte ocasional de pasajeros
Ante la proximidad de la semana de turismo, y el consecuente aumento de la demanda de viajes ocasionales, se recuerda que se encuentra vigente el Decreto 278/2015, por tanto todas las empresas que pretendan realizar un VIAJE OCASIONAL INTERNACIONAL, deberán estar inscriptas en el Registro de Operadores Turísticos o registro de Agencia de Viajes del MINISTERIO DE TURISMO.
El incumplimiento de dicha condición, impedirá la autorización de dicho viaje OCASIONAL INTERNACIONAL.
Además se recuerda que todos los vehículos que realicen viajes ocasionales internacionales deberán cumplir con la antigüedad reglamentada.