Se reitera comunicado

Formulario de declaración de pago de flete de tráfico internacional

En atención a las consultas recibidas se recuerda lo dispuesto por la Dirección Nacional de Transporte: En virtud de la aprobación de la Ley Nº 20.078 y del Decreto 432/022, relativa al control de todos los pagos que se realicen por concepto de flete en el transporte de carga internacional terrestre con la República Argentina, a efectos de su cumplimiento, y en particular de lo preceptuado por el art. 3º del citado Decreto, deberá presentarse a partir del 30/01/2023 ante División Fiscalización y Gestión de Contravenciones previa Agenda, u oficinas regionales:
  • Formulario

  • Copia del MIC/DTA

  • Comprobante de la transacción de pago

  • Factura correspondiente al flete realizado

Se destaca que deberá presentarse por cada Manifiesto Internacional de Carga ejecutado en forma individual el pago realizado a la transportista efectiva. Asimismo, en virtud de que la norma fue publicada el 04/01/2023, se deberán presentar las declaraciones correspondientes a los tráficos efectuados desde el día 05/01/2023 inclusive, computándose el plazo de 45 días para los transportes realizados antes de la puesta en funcionamiento del contralor desde el 30/01/2023.

Ante la eventual imposibilidad del cumplimiento en el plazo estipulado y la necesidad de una prórroga, dicha solicitud deberá sustanciarse mediante expediente, de manera previa al vencimiento y de forma fundada ante la Unidad de Administración Documental del MTOP, la que será debidamente evaluada.

 

Firmado por el Director Nacional de Transporte,
Dr. Pablo Labandera

Descargas

Descargar todos los archivos adjuntos (.zip ~ 1.02 MB)

Etiquetas