Plazo para constituir domicilio electrónico a empresas extranjeras

Se comunica a los representantes de empresas extranjeras que se les otorga un plazo hasta el 30 de julio de 2020 a los efectos que constituyan domicilio electrónico para poder ser notificados de resoluciones, multas y actos administrativos en general.

De acuerdo al comunicado de esta Dirección Nacional de fecha 22 de mayo de 2020 al respecto de la obligación implícita de constitución de domicilio electrónico para las empresas que aún no hubiesen dado cumplimiento a la referida obligación, y en el marco del proceso de modernización de la gestión pública llevado a cabo por Agesic y el MTOP, se comunica a los representantes de empresas extranjeras que se les otorga un plazo hasta el 30 de julio de 2020 a los efectos que constituyan domicilio electrónico para poder ser notificados de resoluciones, multas y actos administrativos en general, en el marco de los trámites que realicen ante las dependencias de la Dirección Nacional de Transporte.

 

Firmado por:

Dr. Pablo Labandera

Director Nacional de Transporte del MTOP

Descargas

Etiquetas