Registro de perros de compañía en transporte interdepartamental

Se recuerda a las empresas de transporte de pasajeros interdepartamentales registradas en la Dirección Nacional de Transporte que, a partir del 1 de julio de 2021, comenzará el registro de los animales de compañía y la exigencia de la cédula canina.

DIRECCIÓN NACIONAL DE TRANSPORTE

DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSPORTE POR CARRETERA

 

En virtud de la Resolución Nro.36 de fecha 12 de mayo del 2021, se recuerda a las empresas de transporte de pasajeros interdepartamentales registradas en la D.N.T. que a partir del 1 de julio de 2021 comenzará el registro de los animales de compañía y la exigencia de la Cédula Canina.

Con el fin de unificar criterios se exhorta a las empresas a realizar e ingresar la información necesaria en una planilla Excel en letra Arial tamaño 12 con los datos detallados a continuación para remitirlo a mes vencido a la siguiente casilla de correo inba@mgap.gub.uy.

Información requerida: Origen y Destino del viaje, Cantidad de caninos que viajan con el propietario/tenedor,  Nro. De Microchip, Nombre del animal, Castrado SI/NO, Potencialmente peligroso SI/NO, año de nacimiento, Sexo, Nombre y CI del propietario, Nombre y CI de tenedor, Teléfono del propietario y Domicilio.

 

Firmado por:

Carlos Flores Borrat

Director General de Transporte por Carretera

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