2. Definiciones Básicas

Documentos técnicos

Las siguientes definiciones tendrán el significado que se les da a continuación cuando se usan en estas Especificaciones Ferroviarias:

“Administrador de infraestructura" el Gestor, el Gerente o el Administrador de infraestructura es la entidad encargada de la gestión de la red ferroviaria, la preparación y ejecución de los planes de inversión para la infraestructura ferroviaria, la supervisión de las actividades ferroviarias del proyecto y mantenimiento ferroviario, la gestión de la capacidad de la red y los horarios de la red ferroviaria y cobro de las tarifas de acceso. Para este Proyecto el Administrador de Infraestructura es el MTOP a través de la Concesión que le realizó AFE del tramo de infraestructura afectado por el mismo.

“Aprobación" significa todas y cada una de las confirmaciones escritas debidamente firmadas de los eventos y protocolos con las cuales se ha verificado el cumplimiento legal, de seguridad, de autoridad, técnico u operacional de cualquier aspecto individual, estado, acción, hito, documentación, cálculo u otra característica.

“Área Ferroviaria" se refiere a la zona bajo custodia del Administrador de Infraestructura en la que están situadas las estructuras de vía, los sistemas de señalización, los pasos a nivel, los puentes  ferroviarios, las alcantarillas y otros elementos del ferrocarril, tal como se indica en el Anexo E2 (Mapas de vía); el área Ferroviaria estará predominantemente separada del área circundante con vallas y otros medios.

“Asesor de Seguridad Independiente” o “ISA” Se entenderá por asesor de seguridad independiente ISA a la persona, organización o entidad independiente, competente y acreditada que realice investigaciones para emitir un juicio o evaluación de la idoneidad de un sistema de señalización y un sistema centralizado de control de tráfico y sus requisitos.

“Auditor Externo" refiere a un auditor externo independiente designado por el Gerente de Infraestructura en relación con ciertas certificaciones y verificaciones que deben realizarse en relación con el Proyecto Ferroviario; el Auditor Externo dispondrá de la educación, los conocimientos especializados, la competencia, la experiencia internacional y los conocimientos necesarios en las Normas Técnicas Ferroviarias utilizadas, en particular las Euro Normas.

“Autoridad de Control de Tráfico" significa la autoridad responsable del Centro de Control de Tráfico y su administración.

“Centro de control de tráfico", es el centro responsable de las operaciones de control del tráfico ferroviario, incluidas las obras de mantenimiento, para garantizar la seguridad y el cumplimiento de los horarios acordados; este es organizado por DNTF.

“Comité de Investigación de Accidentes" significa el Órgano Investigador de Accidentes Ferroviarios dispuesto por Ley 19.535 Art. 109, es en resumen un comité establecido por ROU que será responsable de la investigación independiente de accidentes y accidentes cercanos al tráfico ferroviario.

“Contratista Ferroviario" significa el contratista (o contratistas) responsable de la implementación del Proyecto Ferroviario (incluyendo el diseño detallado, construcción, Puesta en Marcha y Mantenimiento del Ferrocarril durante la Fase de Construcción y la Fase de Mantenimiento.

“CR INF TSI": son las especificaciones técnicas europeas de interoperabilidad por su sigla en inglés, para el subsistema de infraestructura ferroviaria convencional; CR INF TSI se refiere a las normas de la UE y a las demás TSI a cumplir a los efectos del proyecto ferroviario.

“Entidades Ferroviarias ROU" significa la Junta de Investigación de Accidentes, el Centro de Control de Tráfico, el Administrador de Infraestructura, el Asesor Independiente de Seguridad, el Contratista Ferroviario, la DNTF, y
otras Autoridades Uruguayas o el Operador Ferroviario, Proveedor de Mantenimiento de Material Rodante o Propietario del Material Rodante, la Autoridad de Control de Tráfico y el Centro de Control de Tráfico.

“Fase de Construcción" significa el diseño detallado y la fase de ingeniería, adquisición, financiación, reparación, rehabilitación, construcción y puesta en servicio del Proyecto Ferroviario; la Fase de Construcción comenzará con el
Acta de Inicio de Obra y continuará hasta la Terminación del Proyecto Ferroviario.

“Fase de Mantenimiento" significa el Mantenimiento relacionado con la infraestructura ferroviaria subcontratado al Contratista Ferroviario durante los años que esté vigente el Contrato; la Fase de Mantenimiento comienza desde la
Terminación del Proyecto Ferroviario y durante un periodo de 15 años. 

“Ferrocarril" significa, en estos documentos, el tramo de ferrocarril desde la Estación de Pasajeros de Montevideo (Nueva Terminal) a Paso de Los Toros; el inicio de la sección es la Nueva Terminal de Montevideo y el extremo es el
cambio sur en el patio de maniobras de Paso de Los Toros y la vía al nuevo acceso al Puerto y la vía hasta la línea de acceso de la Fábrica de Celulosa que también están incluidos en el Ferrocarril.

“Estándares Técnicos”, significa el estándar en el que se basa el Proyecto Ferroviario y cualquier otro estándar técnico internacional reconocido que permita generar una solución específica, por ejemplo, ALAF, AREMA, DIN, EN,
GOST, JIS, etc. en todos los casos será potestad del Administrador de la Infraestructura la aprobación del uso de un estándar técnico determinado.

“Organización acreditada" significa una organización debidamente (acreditada) que lleva a cabo el proceso de acreditación y asegura que las prácticas de certificación de las organizaciones son aceptables (típicamente significa que son competentes para probar y certificar a terceros, comportarse éticamente y emplear una garantía de calidad adecuada).

“Otras Autoridades Uruguayas" significa todas y cada una de las autoridades, que no sean específicamente definidas en esta Sección 2, que tengan influencia en el diseño, construcción, puesta en marcha, mantenimiento, infraestructura, operaciones, disponibilidad, permisos, seguridad o cualquier otro aspecto del Proyecto Ferroviario de acuerdo al marco legal de ROU.

“Mantenimiento": significa el conjunto completo de actividades y procedimientos para el mantenimiento, la reparación y la renovación de la infraestructura ferroviaria y el material rodante.

“Manual de Operaciones" se refiere a la colección detallada de las normas de funcionamiento, las instrucciones exactas y las exigencias para los empleados siguiendo las normas de seguridad en su trabajo diario, ya sea en las maniobras y/o en la línea principal; se requerirá incorporar al Manual de Operaciones los cambios una vez que el Ferrocarril esté equipado con un nuevo Sistema de Señalización. El Manual de Operaciones debe ser aprobado por la DNTF.

“Mapas de vía", significa los mapas del Ferrocarril detallados en el Anexo E2 (Mapas de vía).

“Operador Ferroviario", significa todos los Operadores Ferroviarios con licencia para operar en el Ferrocarril; puede haber varios Operadores Ferroviarios que operan sus trenes al mismo tiempo.

“Propietario del material rodante" es el responsable de la correcta condición y mantenimiento de la flota y el equipo del material rodante; de acuerdo a lo dispuesto por DNTF y el marco legal de Uruguay.

“Protección Automática de Trenes" o “ATP” significa un tipo de sistema de protección de trenes que hace cumplir la obediencia de señales y restricciones de velocidad mediante supervisión de velocidad, incluyendo la parada
automática en las señales.

“Proveedor de Mantenimiento de Material Rodante” significa una parte acreditada que puede ser una empresa separada, parte de un Operador Ferroviario o parte de otra empresa; de acuerdo a lo dispuesto por la DNTF y el
marco legal de Uruguay.

“Proveedor del Sistema" significa el proveedor de cualquier sistema al Contratista Ferroviario (por ejemplo, el Sistema de Señalización) con respecto al Proyecto Ferroviario.

“Proyecto Ferroviario" significa el diseño y la ingeniería, adquisición, financiamiento, reparación, rehabilitación, construcción, Puesta en marcha, Mantenimiento y renovación del Ferrocarril.

“Puesta en marcha": la comprobación, prueba y puesta en marcha de todo o cualquier equipo, sistemas y tecnología con el fin de alcanzar y establecer el pleno cumplimiento de los requisitos pertinentes y la preparación para las
operaciones comerciales; después de que todas las fases y sistemas individuales hayan sido encargados con éxito, la puesta en servicio de todas las fases y sistemas colectivamente se confirmará como una condición para la
Terminación del Proyecto Ferroviario.

“Sistema de control de tráfico centralizado" o "CTC", el sistema de control de tráfico utilizado para controlar y gestionar el tráfico y las operaciones ferroviarias; este sistema es utilizado por el Centro de Control de Tráfico.

“Terminación del Proyecto Ferroviario" significa la fecha en la que el Administrador de la Infraestructura confirme por escrito de que:

(i) Se han cumplido todos los requisitos de la Fase de Construcción y se ha determinado que el Ferrocarril, a través de inspecciones detalladas, auditorías, Comisiones y Aprobaciones exitosas, sea aceptable para el inicio de trenes comerciales y otros tráficos ferroviarios sin restricciones, deficiencias o riesgos de seguridad; y
(ii) El tráfico de trenes comerciales y otros ha comenzado con éxito y permanece continuamente durante treinta (30)
días sin perturbaciones, interrupciones o restricciones y las operaciones ferroviarias cumplen plenamente con los horarios y capacidades de carga planificados.

“Sistema de señalización": sistemas de interconexión por ordenador (CBI) en cada estación y punto de cruce de trenes, señales, control remoto centralizado, sistema de control automático de trenes y sistemas de alerta de cruce de nivel o la solución técnica que se implemente; el sistema de señalización es para la seguridad de los trenes;

 

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