Acuerdo de complementación económica Mercosur Chile

Reglamentos

Los Gobiernos de la República Argentina, de la República Federativa del Brasil, de la República del Paraguay y de la República Oriental del Uruguay, Estados Partes del Mercado Común del Sur (MERCOSUR), y el Gobierno de la República de Chile serán denominados Partes Signatarias. Las Partes Contratantes del presente Acuerdo son el MERCOSUR y la República de Chile.

El presente Acuerdo tiene por objetivos:

  • Establecer el marco jurídico e institucional de cooperación e integración económica y física que contribuya a la creación de un espacio económico ampliado que tienda a facilitar la libre circulación de bienes y servicios y la plena utilización de los factores productivos.
  • Formar un área de libre comercio entre las Partes Contratantes en un plazo máximo de 10 años, mediante la expansión y diversificación del intercambio comercial y la eliminación de las restricciones arancelarias y no arancelarias que afectan el comercio recíproco;
  • Promover el desarrollo y la utilización de la infraestructura física, con especial énfasis en el establecimiento de interconexiones bioceánicas.
  • Promover e impulsar las inversiones recíprocas entre los agentes económicos de las Partes Signatarias.
  • Promover la complementación y cooperación económica, energética, científica y tecnológica.

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