Acuerdo de complementación económica Mercosur Chile
Reglamentos
Los Gobiernos de la República Argentina, de la República Federativa del Brasil, de la República del Paraguay y de la República Oriental del Uruguay, Estados Partes del Mercado Común del Sur (MERCOSUR), y el Gobierno de la República de Chile serán denominados Partes Signatarias. Las Partes Contratantes del presente Acuerdo son el MERCOSUR y la República de Chile.
El presente Acuerdo tiene por objetivos:
- Establecer el marco jurídico e institucional de cooperación e integración económica y física que contribuya a la creación de un espacio económico ampliado que tienda a facilitar la libre circulación de bienes y servicios y la plena utilización de los factores productivos.
- Formar un área de libre comercio entre las Partes Contratantes en un plazo máximo de 10 años, mediante la expansión y diversificación del intercambio comercial y la eliminación de las restricciones arancelarias y no arancelarias que afectan el comercio recíproco;
- Promover el desarrollo y la utilización de la infraestructura física, con especial énfasis en el establecimiento de interconexiones bioceánicas.
- Promover e impulsar las inversiones recíprocas entre los agentes económicos de las Partes Signatarias.
- Promover la complementación y cooperación económica, energética, científica y tecnológica.