Publicidad oficial contratada por la ANP en medios del interior del país

Informes remitidos al Parlamento

Pedido de informes realizado por el Representante por Montevideo, Gustavo Olmos.

Respecto a lo dispuesto por artículo 774 de la ley Nº19.924, de 18 de diciembre de 2020, de Presupuesto Nacional de Sueldos, Gastos e Inversiones Ejercicio 2020-2024. Solicitamos que se informe, para el período entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 2021: 

  1. Si la Administración Nacional de Puertos (ANP) reglamentó la aplicación del mencionado artículo.
  2. Si se ha dado cumplimiento a la obligación de destinar al menos un 10% del monto total de publicidad a medios radicados en el interior de país.
  3. Si se ha dado cumplimiento a la obligación de destinar al menos un 0,5% del monto total de publicidad a medios radicados en cada uno de los departamentos del interior del país. 
  4. Monto total destinado a publicidad por parte de ese organismo en el período.
  5. Remitir un detalle de medios radicados en el interior del país a los que se contrató publicidad, indicando el nombre, el tipo de medio y los montos contratados.
  6. Si se ha dado cumplimiento a la obligación de publicar un informe detallado sobre el cumplimiento de los porcentajes de publicidad destinados a medios radicados en el interior del país.  

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