Resolución N° 11/022 Vehículos de transporte de carga de granos que pueden circular por ruta 10 entre el 1 de marzo y el 30 de abril de 2022

Podrán circular por ruta 10, entre el 1º de marzo y el 30 de abril de 2022, aquellos vehículos de transporte de cargas de granos de tipo tractor con semirremolque y camión con acoplado, que cumplan conjuntamente los requisitos que se detallan.

DIRECCIÓN NACIONAL DE TRANSPORTE

Resolución Nº11/2022.                            

Montevideo, 21 de febrero de 2022

VISTO: la continua circulación de vehículos de transporte de cargas de tipo tractor con semirremolque y camión con acoplado por Ruta Nro. 10 de valor turístico, con motivo de las diferentes zafras de granos;

RESULTANDO: I) la necesidad de mover la mercadería desde los campos aledaños a la ruta señalada, para su comercialización;

II) que la ruta Nro. 10 es de valor turístico;

CONSIDERANDO: imprescindible dar solución a la situación planteada,

ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a los cometidos sustantivos de esta Dirección Nacional atribuidos por Dto. 247/997 de 7/8/997;

EL DIRECTOR NACIONAL DE TRANSPORTE

RESUELVE:

1º.- Podrán circular todos aquellos vehículos de transporte de cargas de granos, de tipo tractor con semirremolque y camión con acoplado por Ruta Nro. 10, entre el 1º de marzo y el 30 de abril de 2022, que cumplan conjuntamente con: a) los requisitos necesarios para circular en regla (ITV, PNC, pesos y dimensiones autorizados) y b) que previamente se hayan registrado por única vez, ante cualquier dependencia de esta Dirección Nacional del MTOP a fin de circular con la carga mencionada.

2º.-  La Administración extenderá una constancia del registro indicado en el literal b del artículo anterior, señalando fecha de la solicitud e individualizando las matrículas de los vehículos que se habiliten, la cual deberá ser portada en todos los viajes que las referidas matrículas realicen, debiendo ser presentada ante el requerimiento de los cuerpos inspectivos.

3º.-  Notifíquese a División Interior, División UCIC, División Fiscalización y Gestión de las Contravenciones, Dirección General de Transporte por Carretera, Asesoría Jurídica, Área de Gobierno Electrónico, a la Dirección Nacional de Vialidad. Asimismo notifíquese a la Intendencia Municipal de Rocha y a la Dirección Nacional de Policía Caminera.

 

Firmado por:

Dr. Pablo Labandera

Director Nacional de Transporte

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