Resolución N° 12/022 Se dejan sin efecto las multas por falta de servicios en el transporte suburbano e interdepartamental

Se dejan sin efecto todas las multas por falta de servicios en el transporte colectivo de pasajeros por carretera suburbano e intedepartamental, impuestas en los meses de enero y hasta el 21 de febrero de 2022

DIRECCION NACIONAL DE TRANSPORTE  

Resolución Nro. 12/2022                        

Montevideo, 21 de febrero de 2022

VISTO: lo planteado por el sector de transporte colectivo de pasajeros por carretera a nivel suburbano, relacionado con un aumento sustancial en el faltante de servicios en los meses de enero y febrero de 2022;

RESULTANDO:  I) que  el importante aumento de contagios de COVID-19 por la cepa Ómicron ha afectado al personal, obligándolo a no concurrir a trabajar;

II) que coincide la falta de servicios acaecida con la deserción laboral señalada por enfermedad;

CONSIDERANDO: que se trata de una situación de fuerza mayor en el marco de la emergencia sanitaria declarada por Decreto 93/020 de 13/3/2020, que debe ser contemplada;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto;

EL DIRECTOR NACIONAL DE TRANSPORTE

RESUELVE:

1º.- Déjanse sin efecto todas las multas por falta de servicios en el transporte colectivo de pasajeros por carretera suburbano e interdepartamental, impuestas en los meses de enero y hasta el 21 de febrero de 2022.

2º.- Por Secretaría General notifíquese a CESTRAME, ANETRA, GRUPO 12, COT S.A, CUTCSA y ASTRAPIN.- Comuníquese a la Dirección General de Transporte por Carretera, División UCIC, División Fiscalización y Gestión de las Contravenciones, Asesoría Jurídica, División Interior y a Gobierno Electrónico para su publicación en la página web del MTOP.

 

Firmado por:

Dr. Pablo Labandera

Director Nacional de Transporte

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