Resolución N° 17/023 Sobre el registro de transporte de carga con caja de carga "Forestal"

De acuerdo a lo dispuesto por el Decreto 259/017 de 11 de setiembre de 2017 en lo que refiere al transporte forestal en su artículo 1º, se resuelve el registro de transporte de carga con caja de carga "Forestal".

DIRECCION NACIONAL DE TRANSPORTE  

Resolución Nro. 17/2023                        

Montevideo, 25 de octubre de 2023.

VISTO: lo dispuesto por el Decreto 259/017 de 11 de setiembre de 2017 en lo que refiere al transporte forestal en su artículo 1º;-

RESULTANDO:  I) que a efectos de lograr una incorporación paulatina de la norma, se habilitó por Resolución Nro. 49/2020 de esta Dirección Nacional, la coexistencia del régimen anterior para aquellos vehículos de transporte de carga con caja de carga “Forestal” registrados con anterioridad a la entrada en vigencia del Decreto premencionado;-

II) que según el RESULTANDO I de la referida Resolución, la coexistencia del régimen anterior sería válida por un año;-

III) que la parte resolutiva de la misma no lo consignó expresamente, motivo por el cual dio lugar a diferentes interpretaciones;-

CONSIDERANDO: I) necesario poner fin a las diferentes controversias al respecto;-

II) imprescindible dar un último plazo de coexistencia de ambos regímenes;-

ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto por el Decreto 259/017 de 11 de setiembre de 2017;-

EL DIRECTOR NACIONAL DE TRANSPORTE

R E S U E L V E:

1º.- Dispónese que los vehículos de transporte de carga, específicamente camión con remolque con tipo de caja de carga “Forestal”, deberán regirse de acuerdo a lo dispuesto por el Decreto 259/017 de 11 de setiembre de 2017, sin excepciones, a partir del 25 de enero de 2024.-

.- El período comprendido hasta la fecha mencionada, debe estar destinado a la actualización de los equipos conforme lo exige la normativa.-

3º.- Por División Secretaría General, Sección Notificaciones, notifíquese a Ministerio del Interior Policía Caminera, a ITPC, GRUPO 12 URUGUAY SA, ATRADU, ATCU y CATGADU. Comuníquese a la Dirección General de Transporte por Carretera, División Ingeniería de Transporte, División UCIC, División Interior, Area de Gobierno Electrónico Contenidos Web para su publicación en la página del MTOP.-

Firmado por el Director Nacional de Transporte,

Dr. Pablo Labandera.

 

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