Resolución N° 18/025 Unificación del margen de incertidumbre en los Puestos de Control de Peso en los Pasos de Frontera con Brasil
DIRECCIÓN NACIONAL DE TRANSPORTE
Resolución Nro. 18/2025
Montevideo, 23 de setiembre de 2025.-
VISTO: la situación relevada referente a las diferentes balanzas ubicadas en los distintos puestos de control de los Paso de Frontera de nuestro país;----------------------
RESULTANDO: que por Resolución Nro. 50/2021 de esta Dirección Nacional se buscó unificar el margen de incertidumbre de los puestos de pesaje ubicados en Rivera- Santa Ana do Livramento y Rio Branco – Yaguarón en relación con los puestos de pesaje dinámico de las restantes balanzas del territorio nacional;-----------------------
CONSIDERANDO: I) que los puestos de pesaje de los Pasos de Frontera referenciado funcionan con balanzas estáticas y con control de peso bruto total;-------II) que resulta necesario desde el punto de vista técnico y práctico unificar el margen de incertidumbre en todos los puestos de control utilizados por el cuerpo de inspectivos;-------------------------------------------------------------------------------------------------III) que asimismo, es imperiosa la inclusión del puesto de control ubicado en Artigas – Quaraí para homogeneizar la dinámica en toda la frontera con Brasil;---------------------
ATENTO: a lo expuesto precedentemente;--------------------------------------------------------
EL DIRECTOR NACIONAL DE TRANSPORTE
RESUELVE
1º) Autorízase a las Regionales de Rivera, Rio Branco y Artigas a considerar en sus puestos de control una incertidumbre de 3% (tres por ciento) del peso bruto total en los vehículos de transporte de carga por carretera que se fiscalicen en los puestos de control integrado de la frontera con Brasil.----------------------------------------------------------
2º) Por Unidad de Staff notifíquese a ITPC, CATIDU y Grupo 12. Comuníquese a la Unidad de Comunicación Institucional para su publicación en el portal institucional. Por Área Interior notifíquese a las citadas Regionales. Pase por su orden a conocimiento de la Dirección General de Transporte por Carretera, División Fiscalización y Gestión de Contravenciones, División CIC, Área Ingeniería de Transporte y Asesoría Técnica. Cumplido, de no haber observaciones, archívese.-----
Firmado por:
Director Nacional de Transporte
Felipe Martín