Resolución N° 24/022 Prórroga de no exigencia del Permiso Nacional de Circulación

Se prorroga por última vez, hasta el 15 de octubre de 2022, la no exigencia del Permiso Nacional de Circulación a los vehículos de las empresas de transporte de pasajeros por carretera, dentro de la categoría Turismo-servicios ocasionales, que cumplan los requisitos estipulados en la presente resolución.

DIRECCION NACIONAL DE TRANSPORTE

Resolución Nro. 24/2022

Montevideo, 08 de julio de 2022.

VISTO: lo dispuesto por sucesivas Resoluciones de esta Dirección Nacional, en cuanto las mismas disponen la prórroga de la fiscalización del Permiso Nacional de Circulación en la categoría Turismo;------------

RESULTANDO:  que continúa la situación compleja de los servicios aunque se viene normalizando por la paulatina reactivación del sector ;-------------

CONSIDERANDO:  procedente otorgar una última prórroga;------------

ATENTO: a lo expuesto y en concordancia con lo dispuesto por la ley 19.942 de 23 de marzo de 2021 y el Decreto 122/2021 de 27 de abril de 2021;------------

EL DIRECTOR NACIONAL DE TRANSPORTE

R E S U E L V E:

1º.- Prorrógase por última vez la no exigencia del Permiso Nacional de Circulación hasta el 15 de octubre de 2022, a los vehículos de las empresas de transporte de pasajeros por carretera, dentro de la categoría Turismo-servicios ocasionales, que cumplan los siguientes requisitos: a) que se encuentren registradas ante la Dirección Nacional de Transporte y que no mantengan adeudos por concepto de multas, b) que posean la Inspección Técnica Vehicular y los seguros de estilo vigentes, c) que no hayan realizado la renovación anual por el ejercicio 2021.--------------------

.- Exhórtase a los usuarios del artículo anterior a renovar el Permiso Nacional de Circulación durante el mes de setiembre de 2022, en virtud de la inexorable fiscalización a partir del 16 de octubre del corriente.------

3º.- Por Secretaría General notifíquese a UTTU,  ANETRA, GRUPO 12,  ASOCIACION DE TRANSPORTISTAS DE VAN,  ASTRAPIN Y CEPROTUR, UNION DE TRANSPORTE TURISTICO DEL URUGUAY (UTTU) y todas las empresas de la categoria Turismo –Servicios Ocasionales que no se encuentren afiliadas en las agremiaciones nombradas, así como a APPLUS SA. Comuníquese a la Dirección General de Transporte por Carretera, División UCIC, División Interior, División Fiscalización y Gestión de las Contravenciones, Asesoría Jurídica. Pase al Gobierno Electrónico para su publicación en la página web del MTOP. Cumplido, archívese.-----------------------------------------------

 

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